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Muerte de la mujer policía: Esteban Rojos fue procesado por homicidio culposo

El juez en lo Penal Nº 1, Sebastián Cadelago Filipi, mutó la imputación legal y procesó a Esteban Rojos, el conductor que embistió alcoholizado a Lorena Gatica, por homicidio culposo y le dictó la prisión preventiva. Este jueves por la noche, el acusado, que fue inhabilitado para conducir, fue trasladado a la Penitenciaría.

Este jueves por la noche, el magistrado dictó procesamiento y ordenó el traslado a la Penitenciaría.
Actualizada: 16/09/2016 14:12
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El 4 de septiembre, cerca de las 7, Esteban Rojos, quien manejaba su vehículo Volkswagen Gol en estado de ebriedad, según el resultado que arrojó el test de alcoholemia (0,98 gramos de alcohol) atropelló a Lorena Gatica, exauxiliar de policía, quien regresaba a su hogar en motocicleta luego de prestar “servicio adicional”.

Minutos antes del mediodía, la víctima falleció en el Hospital de San Luis.

En el inicio de la causa, el juez en lo Penal Nº 1, Sebastián Cadelago Filippi, le dictó a Rojos homicidio simple con dolo eventual, lo que disponía que en el accidente se expresó la voluntad del imputado.

El lunes 12 de septiembre, Rojos declaró que el hecho “ocurrió alrededor de las 6:30 de la mañana, por lo cual estaba oscuro y, si bien había luces del tendido público, eran muy tenues”.

Ese mismo día, familiares, amigos y colegas marcharon en silencio y con profundo dolor y tristeza, desde Plaza Pringles hacia el Poder Judicial, en pedido de justicia por Lorena Gatica (31), exauxiliar de policía, quien además cumplía el rol de madre y esposa.

En esa oportunidad, el abogado de la familia de la víctima, Héctor Zavala, indicó al elchorrillero.com que intentaría que el magistrado preserve el rótulo del delito, en ese entonces, homicidio doloso o simple.

Tres días después, luego de una larga audiencia, en la que se tomó testimonio de seis testigos no presenciales del caso, y se exhibieron las filmaciones de las cámaras de seguridad que grabaron la secuencia del recorrido de la motocicleta, se constató según el juez que “pudimos ver la moto que la víctima iba conduciendo por los lugares que lógicamente debía pasar para llegar a ese domicilio, y se concretó que venía con las luces delanteras y traseras prendidas”.

Este jueves cerca de las 23, elchorrillero.com dialogó con el juez, quien expresó que “entendí que había una actitud clara del imputado de alejarse del lugar del hecho, que finalmente no puede ser concretada, por eso entiendo que es una cuestión ajena a la voluntad del encartado, que indica objetivamente riesgo procesal y he decidido dictar prisión preventiva”.

“Hubieron cuestiones que me hicieron pensar que podíamos estar concretamente en homicidio doloso", dijo y señaló que le dictó "inhabilitación para conducir”.

Básicamente, el juez comentó que decidió cambiar la caratula del delito, ya que en el trajín de la embestida no se detectó que el vehículo haya arrastrado el cuerpo de la víctima la misma cantidad de metros que arrastró a la motocicleta, pero “con el avance de la causa se verifica, que si bien la velocidad no era la reglamentaria, tampoco aparecía como una velocidad extrema y se pudo comprobar que no hubo arrastre de la víctima, si de la moto”.

Por último afirmó que “la imputación es provisoria, la caratula también y no hay circunstancias que me hagan cambiar nuevamente la calificación”.

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