X

El Gobierno creará una sobretasa que llega al 20% para “proteger” el medioambiente

Al aumento del 40% en los impuestos aprobado para 2017, se le sumará un “impuesto” adicional que recaerá sobre varios sectores, si prospera un proyecto de ley propuesto por el gobernador Alberto Rodríguez Saá.

El proyecto de ley propuesto por el gobernador, Alberto Rodríguez Saá, sumaría un “impuesto” adicional.
Actualizada: 23/11/2016 21:51
PUBLICIDAD

La iniciativa denominada Fondo Provincial para la Protección Ambiental ya tiene dictamen por mayoría en la Cámara de Diputados y se tratará en la última sesión ordinaria, el próximo miércoles.

El fondo tiene como objetivo “la prevención y control de la contaminación y/o degradación ambiental y sus efectos, con la finalidad de proteger el medioambiente y la naturaleza, garantizando la calidad de vida de los habitantes”, según el texto del proyecto.

“Nosotros la semana pasada ya aprobamos una suba del 40% de los impuestos y ahora le estamos sumando un 5% más a través de esta tasa ambiental. Pero esto no sería tan perjudicial como sí es el 20% a una zona en emergencia ecológica”, consideró el diputado de Mercedinos por el Cambio, Pablo  Zamora.

En la sobretasa del 5% en Ingresos Brutos que se liquida en actividades industriales y comercialización de combustibles, “seguramente después se recargará sobre los aumentos que ya vienen realizándose y con la inflación que hay, resulta grave”, aseveró el legislador.

“Volver a incidir sobre el bolsillo de la gente con la situación económica actual que tenemos, creo que va en desmedro de principalmente la credibilidad política en cuanto a cómo organizamos el gasto público”, reflexionó.

El diputado propuso la creación de un fondo de protección ambiental pero que sea alimentado por recursos de otro origen: “La semana pasada nos impidieron (por Compromiso Federal) subir la alícuota a los tragamonedas y casinos, y ahora quieren que la gente pague esta sobretasa”, concluyó Zamora.

Quiénes pagarán el nuevo “impuesto”:

  1. Una sobretasa del cinco por ciento (5%) sobre los importes que por impuesto inmobiliario urbano y rural se liquidan. Para las zonas declaradas en emergencia ecológica la sobretasa será del veinte por ciento (20%).
  2. Una sobretasa del diez por ciento (10%) sobre los importes que por impuestos a los sellos se liquiden en las operaciones gravadas que tengan por objeto un inmueble rural (transferencia, cesión, aporte, locación y/o arrendamiento).
  3. Una sobretasa del cinco por ciento (5%) del Impuesto sobre los Ingresos Brutos que liquidaron las actividades industriales y la comercialización de combustibles, atribuible a la jurisdicción, incluidos los sujetos exentos. La sobretasa se aplicará al impuesto vencido del ejercicio fiscal inmediato anterior.
  4. Una tasa por servicios administrativos para la emisión de certificados de aptitud técnica y ecológica a aplicar a vehículos automotores y motocicletas con antigüedad mayor a tres (3) años. Fijar dicha tasa en la suma de 300 pesos para el primer ejercicio y la Ley Impositiva Anual lo establecerá para los años siguientes.
PUBLICIDAD

EN PORTADA EL CHORRILLERO

SUBIR