El juez Ruta intimó a Avanzar a aclarar el nombre del partido y rechazó la habilitación de la feria
El magistrado reaccionó y respondió en menos de 24 horas en dos frentes al exgobernador de la Provincia, Claudio Poggi. Se pronunció en la causa y en el plano mediático rechazó los cuestionamientos políticos del actual diputado nacional porque entendió que se “lesiona su investidura y reputación”.
En su condición de juez con competencia electoral, Agustín Ruta intimó y requirió “al partido político en formación a que en el plazo de cinco días aclare el nombre elegido”. Es decir que comunique si mantiene en el fuero provincial la denominación Avanzar o lo cambia por Avanzar San Luis, tal como fue renombrado en el fuero federal.
En segundo lugar, Ruta no hizo lugar al “pronto despacho” y tampoco a “la habilitación de la feria judicial” solicitada ayer.
Poggi se constituyó personalmente una vez más para acompañar los planteos porque entiende que “hay una dilación intencional” por parte del magistrado a quien acusó de “ser funcional al gobernador Alberto Rodríguez Saá”.
El exgobernador tiene claro que el tiempo corre y muy pronto se entrará en el terreno de las definiciones de cara a las elecciones de medio término. Es decir quiere contar con su partido político habilitado para participar de las legislativas.
Ruta asumió como propia la redacción de un comunicado de prensa para salir al cruce de las acusaciones políticas que reiteró Poggi.
A su respuesta la tituló generalizando “ante la información tergiversada publicada en los medios de comunicación”.
Contestó en virtud de “las afirmaciones temerarias, maliciosas, infundadas, falaces y de irresponsabilidad institucional grave vertidas por miembros de la Junta Promotora de la agrupación política en formación, que para nada condicen con la realidad y que causan una tergiversación de los hechos y actos procesales, acusando lisa y llanamente al juez de la causa, ironizándolo y deformando las cuestiones que constan en el expediente, imputándole falsamente demoras y ‘dilaciones innecesarias’, ‘dilaciones intencionales’, ‘trabas injustificadas’, como otros improperios mendaces, lesionando irresponsablemente la investidura, reputación, trayectoria y prestigio de la magistratura amparados algunas veces en el anonimato y en otras oportunidades abierta y expresamente vertidos por todos los medios radiales, televisivos, escritos y digitales por miembros de la agrupación, lo que se agrava cuando tales afirmaciones temerarias son vertidas por quienes ejercen representación popular de la Provincia en otros Poderes del Estado”.
En el segundo párrafo le contestó que “la sociedad puntana se merece la verdad objetiva, y no que maliciosamente se la distorsione o tergiverse por los medios. Son repudiables –y más allá del legítimo derecho constitucional de libertad de expresión- las conductas irrespetuosas a la investidura de un juez, sospechas infundadas sobre su corruptibilidad e imparcialidad, lesionando el Templo de la Justicia y alterando el debido ámbito en el que los magistrados deben tomar sus decisiones, con serenidad, en completo silencio para entender en las causas, en la sola compañía de su propia conciencia; garantía última de una convivencia civilizada y vigencia plena del Estado de Derecho”. En definitiva, como ya lo ha expresado la Corte Suprema de Justicia de la Nación: “No hay derecho a la mentira ni a la real malicia. No hay derecho al insulto, a la vejación gratuita, e injustificada”. (CSJN, Fallos 321 2.21.25.58, Fallos, 3312:1530, entre otros, votos de los Dres. Ricardo L. Lorenzetti y Carlos S. Fayt)”.