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Delito e inmigrantes: qué indican las estadísticas en San Luis

El Gobierno nacional oficializó este año modificaciones a la Ley de Migraciones para acelerar los procesos de deportación de extranjeros que hayan cometido delitos. Los datos oficiales muestran que el 0,26% de los ciudadanos de otras nacionalidades que viven en la provincia cometieron delitos y están condenados o procesados.

En la provincia hay 8 detenidos de origen extranjero, ninguno por infligir la Ley de Drogas.
Actualizada: 05/04/2017 19:59
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El tema de los inmigrantes encabezó las portadas de los medios de comunicación a raíz de las nuevas medidas implementadas por el Ejecutivo Nacional.

El presidente, Mauricio Macri, firmó dos decretos, uno de ellos de Necesidad y Urgencia (DNU) que apuntaron a los migrantes.

El primero firmado el 26 del mes pasado, transfiere el control de los Centros de Fronteras al ministerio de Interior, que a partir de ahora serán 13 en toda la extensión del país. Mientras que traspasó a la órbita del ministerio de Seguridad los Pasos Fronterizos.

La ministra de Seguridad, Patricia Bullrich, sostuvo que “esta es una prueba más de que la lucha contra el narcotráfico es una política de Estado y una prioridad para nuestro Gobierno".

El segundo, que fue oficializado como DNU el 30 de enero, establece un procedimiento especial para los extranjeros que comentan delitos y a los que hayan eludido el control migratorio.

Qué demuestran las estadísticas en San Luis:

La directora de la Delegación de Migraciones en la provincia, Melina Maluf, brindó a elchorrillero.com las cifras oficiales sobre los inmigrantes que residen de forma temporaria o permanente, así como la cantidad de personas encarceladas en las penitenciarías de la provincia.

El informe da cuenta que en la geografía provincial viven 3126 extranjeros. Estas cifras no tienen en cuenta a los migrantes ilegales.

Con respecto a la incidencia entre delincuencia y extranjeros, el número total de encarcelados asciende a 8, de los cuales 3 están condenados y 5 procesados. Lo que representa el 0,26% del total de 3126.

El relevamiento también evidencia que no se registran detenidos por infracción a la Ley de Drogas.

Del total de detenidos hay dos chilenos, un uruguayo, un boliviano, un paraguayo, un brasilero, un italiano y un sueco y las causan que enfrentan son: robo, abuso sexual y homicidio.

En qué casos se cancelarán las residencias a extranjeros:

El artículo sexto de la norma publicada en el Boletín Oficial modifica el artículo 62 de la Ley N° 25.871, publicó Télam.

Establece que "la Dirección Nacional de Migraciones podrá cancelar la residencia que hubiese otorgado, cualquiera fuese su antigüedad, categoría o causa de la admisión, y dispondrá la posterior expulsión" cuando se den los siguientes casos:

– Con la finalidad de obtener un beneficio migratorio o la ciudadanía argentina se hubiese articulado un hecho o un acto simulado o este hubiese sido celebrado en fraude a la ley o con vicio del consentimiento o se hubiese presentado documentación material o ideológicamente falsa o adulterada o hubiese omitido informar sobre la existencia de antecedentes penales, condenas y/o requerimientos judiciales o de fuerzas de seguridad.

– El residente hubiese sido condenado, en la Argentina o en el exterior, aunque dicha condena no se encuentre firme, respecto de delitos de tráfico de armas, de personas, de estupefacientes, de órganos y tejidos, o por lavado de dinero o inversiones en actividades ilícitas.

– El residente hubiese sido condenado, aunque dicha condena no se encuentre firme, respecto de delitos distintos a los enumerados en el inciso b) y que merezcan para la legislación argentina penas privativas de la libertad.

– El beneficiario de una radicación permanente hubiese permanecido fuera del territorio nacional por un período superior a los dos años o la mitad del plazo acordado, si se tratara de residencia temporaria, excepto que la ausencia obedeciere al ejercicio de una función pública argentina o se hubiese generado en razón de actividades, estudios o investigaciones beneficiosas para el país.

– Se hayan desnaturalizado las razones que motivaron la concesión de una residencia permanente, temporaria o transitoria, o cuando la instalación en el país hubiera sido subvencionada total o parcialmente, directa o indirectamente, por el Estado argentino y no se cumplieran o se violaren las condiciones expresamente establecidas para la subvención.

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