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El frente opositor apeló el fallo de Ruta y recusó a Novillo

Avanzar y Cambiemos por San Luis pidió al Tribunal Electoral, la nulidad de la resolución que hizo lugar a una impugnación de dos dirigentes radicales. Además planteó el apartamiento de la jueza del caso.

Avzanzar y Cambiemos por San Luis cuestionó el fallo del juez Electoral, Agustín Ruta.
Actualizada: 19/06/2017 03:24
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El frente cuestionó el fallo que lo declaró “inaplicable, inválida e inconstitucional”, a partir de una presentación del excandidato a gobernador de la Unión Cívica Radical, Jorge Agúndez y el expresidente del partido, Horacio Quevedo. Descontentos con la lista, ambos dirigentes fueron a la justicia para objetar a la alianza que acordó no participar de las Primarias Abiertas y Simultáneas y definir los candidatos por el camino del consenso.

En concreto, interpuso un recurso de apelación comprensivo de nulidad, recusó a Lilia Novillo como integrante del Tribunal Electoral e hizo reserva de la vía federal.

Novillo, que en su condición de presidente de la Corte provincial integra el Tribunal, fue recusada por “razones de decoro y delicadeza”. El planteo fue justificado en el hecho de que la jueza en 2015  fue precandidata a intendente de la ciudad de San Luis y apoderada de Compromiso Federal que lideran Alberto y Adolfo Rodríguez Saá.

Para Avanzar y Cambiemos hay por parte del actual gobernador y de la alianza oficialista, a la que representó Novillo en las pasadas elecciones, un “evidente interés en el desarrollo y resultado del proceso electoral en el marco del cual se suscita la apelación”.

“Existe una imposibilidad de que pueda ser imparcial, independiente u objetiva, máxime cuando por su pertenencia partidaria fue postulada al Superior Tribunal. Además las públicas manifestaciones de Novillo revelan la familiaridad o frecuencia en el trato con los conductores (Alberto y Adolfo Rodríguez Saá) de tal frente”, sostuvieron los apoderados Alejandro Cacace, Javier Suarez Ortiz, Otoniel Perez Miranda y Ricardo Endeiza,

“La sentencia es nula por haberse omitido los más elementales actos procesales tendientes a asegurar el derecho de defensa”, aseguraron y pidieron que “se declare la nulidad de todo lo actuado” por el juez Agustín Ruta.

En la presentación expresaron que cada una de las decisiones del espacio conformado por Avanzar, UCR, Libres del Sur y el Partido Demócrata Independiente, se ajustaron a la ley que instauró las PAS.

“El juez jamás consideró al proveer raudamente que los mismos (Agúndez y Quevedo) no invocaron en qué carácter concurrían, si lo hacían como abogados o por su propio derecho. No invocan qué interés legítimo o qué afectación de derechos concretos persiguen defender, por la materia de la cuestión no acreditan su voluntad de ser candidatos ni representar a persona alguna que manifestara tal voluntad”, puntualizaron los apoderados.

Advirtieron que hubo por parte del juez Ruta  “una grosera violación del derecho de defensa, no se corrió traslado de la presentación para ejercer el elemental derecho a hacerlo que la Constitución Nacional garantiza y se resolvió sin opinión del ministerio público”.

Avanzar y Cambiemos San Luis expuso su queja porque el “control de oficio” al que fue sometido, no abarcó al Frente de Unidad Justicialista.

Por eso los apoderados sostuvieron que en el “hipotético caso” de ser “inconstitucional” el frente opositor, también lo es la coalición que encabeza Rodríguez Saá.

“En otras palabras, o son inconstitucionales ambas o no lo es ninguna. Si se ejerce control de constitucionalidad de oficio debe hacerse en todos los casos”, recalcaron.

A su vez hicieron reserva de agotar las instancias, a través del recurso de inconstitucionalidad, ante el Superior Tribunal y del recurso extraordinario federal ante la Corte Suprema  de Justicia de la Nación.

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