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Otro revés político para Ponce: el Tribunal Electoral confirmó los candidatos de Potrero

El cuerpo rechazó la apelación de San Luis Somos Todos por lo cual quedó firme la postulación a intendenta de Viviana Martínez.

Viviana Martínez y su lista de concejales siguen en carrera para las elecciones del 22 de octubre.
Actualizada: 13/10/2017 09:15
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El partido del intendente Enrique Ponce bajó la lista en Potrero de los Funes, pero chocó con la decisión de los propios candidatos que no acataron la orden y presentaron un recurso de revocatoria ante el juez Electoral, Agustín Ruta.

Así consiguieron que Martínez y su lista de concejales (Daniel Gozainy, Cristina Quevedo, José Soria y Ezequiel Taboada) sigan en carrera para las elecciones del 22 de octubre.

La resolución provocó una movilización del partido al Palacio de Justicia para quejarse por el sentido del fallo del magistrado que terminó atendiendo a un grupo de dirigentes y apoderados.

Hoy, el Tribunal integrado por Lilia Novillo, Horacio Zavala Rodríguez y Fernando De Viana, concluyó por unanimidad que la apelación se hizo fuera de los tiempos previstos.

“Es sabido y no puede desconocerse que todo desistimiento debe ser realizado antes de que el juez se pronuncie y/o dicte sentencia”, argumentaron, y tuvieron en cuenta que “las resoluciones que se dictan en materia de oficialización quedan firmes después de las cuarenta y ocho horas a contar de la notificación del fallo”. La apelación se formalizó transcurridos los plazos.

Por otro lado señalaron que los candidatos que no renunciaron fueron oficializados por lo cual impedirles participar en las elecciones representaría frustrar “el ejercicio de su derecho a ser electos”.

Además, el Tribunal exhortó al partido a “prestar toda la asistencia, incluida la logística el día del comicio y posterior a los candidatos ya que de no hacerlo, tanto sus dirigentes como la agrupación política pueden ser pasibles de sanciones civiles y penales, en atención a los delitos tipificados en el Código Penal que pudieran eventualmente incurrir como los daños y perjuicios que la acción pudiera ocasionar”.

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