Qué se puede hacer y qué no durante la veda electoral
Se extenderá hasta el domingo a las 21, período en el que regirá la prohibición para los candidatos de realizar actos públicos de campaña.
La veda electoral comenzó a partir de las 8 y se extenderá hasta el domingo a las 21, período en el que regirá la prohibición para los candidatos y referentes de los partidos políticos de realizar actos públicos de campaña y publicar y difundir encuestas y sondeos, según está previsto en el cronograma publicado por la Dirección Nacional Electoral (DINE).
A 2 días de las elecciones generales del domingo 22, el cierre de la campaña de los candidatos fue alterado por la conmoción social generada por la aparición de un cuerpo en el Río Chubut en un operativo de rastrillaje en la búsqueda de Santiago Maldonado.
La suspensión de los actos de cierre limitó a los partidos políticos a difundir sus últimos mensajes a través de los medios de comunicación y las redes sociales.
Este sábado, la Gendarmería comenzará a distribuir las 98.400 urnas en más de 14 mil escuelas designadas para la votación.
Durante el día de la elección, las escuelas abrirán sus puertas a las 8, tras ser revisadas por las fuerzas de seguridad, y se podrá votar hasta las 18.
Según la reglamentación, hasta las 21 del domingo electoral regirá una prohibición de publicar o difundir encuestas y proyecciones sobre el resultado de la elección, es decir, 3 horas después del cierre de los comicios.
Qué se puede y qué no se puede hacer a partir de la veda
• Queda prohibida toda actividad de campaña y difusión de mensajes proselitistas a través de los medios de comunicación.
• Las redes sociales como facebook y twitter e instagram no están contempladas por la legislación vigente. Los blogs y periódicos digitales sí están regulados por las normas electorales.
• No pueden publicarse encuestas ni declaraciones de propaganda política de candidatos, funcionarios o comunicadores sociales.
• Desde doce horas antes y hasta tres horas después del cierre de los comicios se prohíbe la venta de bebidas alcohólicas y a partir de la medianoche previa a la elección los locales bailables deben permanecer cerrados.
• Durante las 8 y las 18 del domingo no podrán realizarse espectáculos populares al aire libre ni en recintos cerrados, fiestas teatrales y deportivas, ni toda clase de reunión pública que no se refiera al acto electoral.
• A 80 metros de las mesas de votación tampoco podrán llevarse a cabo (desde doce horas del acto comicial) reuniones de electores en los domicilios, ni utilizar depósitos de armas, abrir organismos partidarios ni distribuir boletas con consignas políticas del acto comicial.