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El aguinaldo vuelve a estar alcanzado por Ganancias

Las empresas deberán pagar el tramo correspondiente al Sueldo Anual Complementario, como máximo, hasta el lunes 18.

El medio aguinaldo volverá a estar alcanzado por el Impuesto a las Ganancias.
Actualizada: 12/12/2017 10:48
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El medio aguinaldo no estará exento del pago del Impuesto a las Ganancias. La Administración Federal de Ingresos Públicos (AFIP) aclaró los alcances de las normas vigentes ante la proximidad del pago que harán las empresas y no hay buenas noticias para los empleados.

Hay que recordar que desde 2014, el Sueldo Anual Complementario no tributaba Ganancias. Esa práctica ahora volverá a regir aunque el impacto de los descuentos debería atenuarse.

De acuerdo a la ley aprobada en diciembre del año pasado, el pago de Ganancias del aguinaldo se prorrotea durante todo el año con anticipos mensuales. No obstante, no todos los empleadores se adecuaron a la nueva norma y muchos trabajadores en relación de dependencia sufrirán fuertes descuentos. Publicó el portal El Sol.

En las próximas semanas habrá otra novedad para los trabajadores alcanzados por Ganancias en virtud del ajuste automático que contempla la nueva ley. De esta manera, en 2018 el salario más bajo alcanzado por el impuesto a las Ganancias sería casi un 29% superior al de este año.

A partir del año próximo la base de la variación de un índice salarial definirá ajustes al esquema del impuesto. Estimaciones privadas indican que tributarían los trabajadores en relación de dependencia que tengan un sueldo de, al menos, alrededor de $ 29.900 (netos) o $ 36.000 (en bruto).

Si se trata de un asalariado que aplica deducciones por cónyuge (no debe tener ingresos o, de tenerlos, estos deben ser muy bajos) y dos hijos, entonces el salario más bajo sujeto al impuesto sería de alrededor de $ 39.500 (neto) o de $ 47.600 (monto bruto).

Recomendaciones

La AFIP recordó cómo es el tratamiento impositivo que tiene el medio aguinaldo, que las empresas deberán pagar, como máximo, hasta el lunes 18.

Una recomendación que hacen las empresas y la AFIP es que los contribuyentes completen en estos días el formulario Siradig (en la página web del organismo) con todas las deducciones que sea posible hacer para aliviar la carga impositiva de diciembre.

Los trabajadores pueden deducir cargas de familia, gastos médicos, pagos de personal doméstico, cuotas de medicina prepaga, alquileres, donaciones o intereses de créditos hipotecarios, entre otros rubros. Los empleados que no tengan clave fiscal pueden validar el acceso al Siradig con la clave de homebanking.

De todas maneras, esa información podrá ser completada por el contribuyente hasta el 31 de enero de 2018. Luego de esa fecha se hace el cálculo final del impuesto de 2017. Y con el sueldo de febrero, hay una compensación que puede implicar un alivio para el trabajador si informó deducciones a último momento.

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