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Cannabis: primer avance para el cultivo con fines médicos

La ley que habilita su consumo había sido aprobada a fines de marzo del 2017, y desde ese momento no se habían registrado novedades

Aprobaron los requisitos para habilitar los predios.
Actualizada: 07/04/2018 10:02
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El Gobierno aprobó los requisitos para habilitar los predios de siembra y cultivo de cannabis con fines de investigación médica y científica y publicados en el Boletín Oficial.

Uno de los requisitos para quienes siembren, planten, cultiven y/o cosechen el producto es que deberán someterse a una inspección y a un estudio de seguridad efectuado por personal capacitado dependiente del Ministerio de Seguridad.

De esta manera, el organismo elaborará un informe indicando un sistema de seguridad que permita la utilización eficiente de los recursos disponibles para su optimización.

En tanto, el CONICET y el INTA deberán adecuar las medidas de seguridad de los predios e instalaciones.

Cannabis medicinal – Foto: NA

Esta previsto que los predios e instalaciones en lo que se sembrará, plantará, se cultivará y/o cosechará cannabis serán áreas de seguridad restringida, o en los que pueden ingresar exclusivamente aquellas personas y/o vehículos que posean autorización otorgada por la autoridad competente.

Además, la inspección y el informe de seguridad de los predios e instalaciones que sean utilizados, deberá considerar la situación medio-ambiental y poblacional de las zonas linderas; las vías de aproximación y escape; y las barreras perimétricas exteriores e interiores.

También deberá tener en cuenta los accesos; la iluminación; las medidas de seguridad en los puestos de ingreso y egreso; la guardia; el sistema de guardia; la estructura edilicia para la instalación de cultivo de cannabis (invernadero); y/o cualquier otro dispositivo electrónico de vigilancia.

 

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