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Córdoba: La Justicia habilitó la práctica del aborto no punible

La Justicia habilitó el procedimiento en los casos de Interrupción Legal del Embarazo (ILE), que se aplica en los casos de violación o de peligro de vida para la mujer

Este protocolo se aplica en los casos de Interrupción Legal del Embarazo (ILE), en aquellos donde la mujer fue violada o su vida corre peligro.
Actualizada: 18/12/2018 17:36
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Por cuatro votos contra tres, el Tribunal Superior de Justicia de Córdoba (TSJ) restableció el protocolo de procedimientos para la práctica del aborto no punible. Sus integrantes rechazaron un recurso de amparo que impidió su aplicación en la provincia que fue presentado por la asociación católica Portal de Belén en 2012.

Este protocolo se aplica en los casos de Interrupción Legal del Embarazo (ILE), en aquellos donde la mujer fue violada o su vida corre peligro. Incluso está aprobado por la Corte Suprema de la Nación a nivel país, pero en Córdoba se daba una situación especial debido a distintas maniobras legales de sectores opositores.

El TSJ hizo lugar al recurso de casación y revocó la sentencia de la Cámara de Apelaciones que había declarado inconstitucional el protocolo al entender que al no haber un caso concreto para expedirse no corresponde conceder una acción de amparo para frenar el protocolo.

“La demandante, la ONG Portal de Belén, busca que ninguna mujer y en ningún caso -incluso cuando la continuación de su embarazo resulte en su muerte- pueda acceder a una práctica de manera segura, a pesar de estar autorizada por ley”, explicaban integrantes de la Campaña por el Aborto Legal, que convocaron a un pañuelazo frente a tribunales para esperar la sentencia.

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