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Reglamentaron el impuesto a la renta financiera: plazos fijos y bonos pagarán Ganancias

La resolución, publicada en el boletín oficial, determina que se abonará entre el 5 y 15% de la renta que exceda los $67.000 anuales.

El Cronista
La medida comenzará a regir desde mediados de 2019.
Actualizada: 27/12/2018 08:47
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El Gobierno finalmente publicó este jueves 27 de diciembre el boletín oficial con la última parte de la reglamentación del cobro de impuesto a las ganancias a la renta financiera que preocupa a los mercados. Del decreto se desprende que se gravarán los rendimientos de bonos y de plazos fijos y se pagará entre 5 y 15% de la renta que exceda los $ 67.000 anuales, informó El Cronista.

La medida oficializada en el decreto 1170 comenzará a regir desde mediados de 2019 cuando habrá que abonar Ganancias por la renta originada este año en plazos fijos, bonos, cuota partes de Fondos Comunes de Inversión y acciones que cotizan en el exterior.

De acuerdo a lo que ya se conoce sobre la renta financiera, la ganancia originada en instrumentos en pesos pagará 5% de impuesto a las Ganancias sobre el mínimo no imponible, de $66.917,91 anuales. Por su parte, la renta producida por activos en dólares o en pesos ajustables por inflación (UVA o CER), tributará una alícuota del 15% sobre ese mínimo de casi 67.000 pesos.

En el caso de que se exceda el valor mínimo, sólo la diferencia será alcanzada por Ganancias. Por ejemplo, sobre una renta de $70.000, solo $3.000 estarían alcanzados por el impuesto.

Sólo quedan exentas del impuesto los fondos en cajas de ahorro, inversiones en acciones de empresas argentinas y las ganancias resultado de una valorización de cuotas partes de fondos comunes de inversión con un mínimo de 70% en acciones argentinas.

Una de las críticas principales que realizan inversores es el hecho de que la renta alcanzada sea tomada en cuenta de forma nominal, y no en números reales, teniendo en cuenta que este año hubo una inflación superior al 45% que depreció el poder de compra de los pesos. Esto puede representar un desincentivo al ahorro en moneda local y, por consiguiente, una razón para el traspaso hacia el dólar.

La reglamentación llega en un momento económico complejo para el país ya que el riesgo país no para de crecer, lo que marca una gran desconfianza en Argentina por parte de los inversores externos.

Desde Hacienda habían anticipado que se daría la opción a los ahorristas de afectar los intereses recibidos en el período fiscal 2018 al costo computable del bono, disminuyéndolo en ese monto, como finalmente se especificó en el último párrafo del decreto reglamentario.

Un ejemplo numérico para explicar la mecánica es el siguiente: un inversor compra un bono (que paga cupones a lo largo del tiempo) a $100 y lo vende a $80 un tiempo después. Es decir, incurrió en una pérdida de $20. Sin embargo, si en el año cobró un cupón de $10, la regla tributaria original indicaba que debería tributar por ese monto, a pesar de haber registrado una disminución del valor del capital invertido.

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