Vence el plazo para informar deducciones de Ganancias
La AFIP recordó que el 31 de marzo concluye el plazo para hacer el trámite correspondiente al período 2018.
Los importes "deberán ser informados a través de la página web del organismo, utilizando el servicio Siradig-Trabajador, con montos establecidos en $ 62.385 para cónyuge o $ 31.461 para hijo/a o hijastro/a menor de 18 años o incapacitado/a para el trabajo".
También se podrán deducir los gastos médicos asistenciales, vinculados a los importes abonados en concepto de cuota o abono extra de la medicina prepaga.
De los préstamos hipotecarios se podrán descontar los intereses hasta $ 20.000 anuales, mientras que por gastos de sepelio el tope es de $ 996,23, únicamente cuando ocurran en el país y sean por el fallecimiento del empleado o de alguna de las personas informadas como carga de familia.
Por otra parte, se podrá deducir hasta 40% del alquiler de vivienda, siempre que no se supere el mínimo no imponible de $ 66.917 y que el contribuyente no posea otra propiedad a su nombre, ya sea en forma parcial o total.
Además, quienes cuenten "con personal de casas particulares a su cargo, descontarán la remuneración y las contribuciones patronales abonadas e incluidas en la cotización fija mensual, en tanto el monto anual deducible no supere la ganancia no imponible anual mencionada previamente".
Finalmente se podrán incluir las donaciones realizadas al fisco nacional, provincias y municipios, instituciones religiosas, asociaciones, fundaciones y entidades civiles reconocidas por la AFIP como exentas del impuesto.