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Tratarán la ordenanza que impulsa el debate de candidatos a intendente y concejales

El Concejo Deliberante debatirá el proyecto que busca establecer la metodología para que los postulantes a cargos locales puedan exponer sus propuestas.

El cuerpo sesionó hoy en el el salón de la Comisión de Fomento del Barrio San Martín.
Actualizada: 01/08/2019 19:56
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Durante la sesión de hoy que se concretó en el salón de la Comisión de Fomento del Barrio San Martín, se aprobó el tratamiento preferencial del proyecto “Debate de Candidatos a Intendente y Concejales”, para el próximo 15 de agosto.

La iniciativa, planteada por el bloque Avanzar y Cambiemos por San Luis, estipula que los candidatos que participen de las elecciones generales con el objeto de ocupar cargos municipales deberán exponer al electorado sus propuestas (tanto de carácter legislativo y de gobierno).

En su articulado determina además que el Tribunal Electoral Municipal será el órgano encargado de la implementación del debate y la autoridad de aplicación de la ordenanza.

El cuerpo sesionó hoy en el el salón de la Comisión de Fomento del Barrio San Martín. (Captura)

De este modo tendrá la función de convocar con una “antelación razonable” a los candidatos o representantes de las organizaciones políticas participantes, a una audiencia destinada a establecer lugar, fecha y horario para la concreción del encuentro y acordar el reglamento de realización, moderadores y temas a abordar; todo mediante el asesoramiento de organizaciones del ámbito académico y la sociedad civil.

Así los resultados de la audiencia deberán hacerse públicos.

Entre otras de las obligaciones que tendrá el Tribunal, deberá garantizar la difusión masiva de los debates, mantener el orden de los mismos abogando por la diversidad e imparcialidad del auditorio y consagrar la obligatoriedad.

El proyecto se ampara en el hecho de que la Constitución Nacional garantiza el principio de publicidad de los actos de Gobierno y el derecho de acceso a la información pública.

De igual manera referencia la Constitución de la Provincia de San Luis, que establece que los partidos políticos “deben garantizar la democracia participativa en su desarrollo institucional (…)”.

Lo mismo ocurre con la Carta Orgánica que declara “la participación de los habitantes en los asuntos públicos, en particular el libre acceso a las fuentes de información y a la publicidad de los actos de Gobierno”.

Más allá de estas menciones, considera además especificaciones de la Convención Americana sobre Derechos Humanos y el Pacto Internacional de Derechos Civiles y Políticos, que tratan el derecho a buscar, recibir y difundir informaciones.

Entre otro de los compendios centrales cita a la Ley Nº 27.337 de Debate Público Obligatorio y el Capítulo IV bis del Código Electoral Nacional, que establecen la obligatoriedad de los debates preelectorales públicos entre candidatos a presidente de la Nación.

“Las acciones que garanticen el derecho a la información y el ejercicio ciudadano activo implican el fortalecimiento de nuestra democracia; debatir ideas a partir de este mecanismo de debates obligatorios permite acercar a los candidatos y sus planes de gobierno a los ciudadanos de la Ciudad de San Luis”, expresa textualmente el proyecto.

En caso de aprobarse, el debate deberá realizarse por categoría con una antelación no mayor a los 30 días previos a la elección general, garantizando así su difusión por los medios de comunicación locales.

En los encuentros deberá participar el candidato a intendente titular y no podrá ser reemplazado, en el caso de que se implemente la figura en un futuro, por el vice intendente o cualquier otra persona.

De la misma forma para el caso de los concejales deberá participar el primer candidato titular y no podrá ser reemplazado por otro candidato titular, suplente o cualquier otra persona.

Si alguno de los aspirantes a los cargos se ausentara o se negará a la participación del debate, el espacio físico que le hubiese correspondido permanecerá vacío junto al resto de los candidatos a los fines de denotar su ausencia.

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