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Aprobaron la creación del Colegio de Traductores Públicos e Intérpretes

La Cámara de Senadores convirtió en ley el proyecto que fija los requisitos para formar parte de la institución y las funciones de los profesionales.

Senadores aprobó la creación del Colegio de Traductores Públicos e Intérpretes
Actualizada: 18/08/2019 00:20
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El proyecto que establece la creación del Colegio de Traductores Públicos e Intérpretes de San Luis fue aprobado por unanimidad.

La iniciativa había obtenido media sanción en la Cámara de Diputados el 4 de julio de 2018. En esa oportunidad todos los legisladores acompañaron la medida promovida por el oficialismo.

El presidente de la Comisión de Asuntos Constitucionales y Labor Parlamentaria, Pablo Garro fue el encargado de fundamentar y explicar los alcances de la ley en la sesión de este martes.

A lo largo de sus 29 artículos, la normativa hace hincapié en las atribuciones, recursos, órganos de gobierno y requisitos para poder inscribirse.

Entre los fundamentos que explica la legislación, se trata de “dar una solución a las dificultades que encuentra el Tribunal Superior de Justicia a la hora de incorporar documentos extranjeros en los procesos judiciales dado que el Código Procesal establece que deben estar realizados por matriculados en la provincia”.

Según se describe, la principal función del intérprete público es “traducir documentos del idioma extranjero al nacional y viceversa”.

Entre las facultades que se le otorgan al Colegio se encuentran: fijar y recaudar el monto de la matrícula y de la cuota periódica que deberán pagar los colegiados; estimular la investigación científica y el desarrollo cultural, promover conferencias y congresos; emitir opinión sobre todo tema relativo al ejercicio de la profesión y asesorar a los Poderes Públicos.

También se establece que el organismo preste atención gratuita a personas de bajo recursos.

En cuanto a la financiación y los recursos que manejará, se podrán obtener de la misma matrícula y cuota, de aranceles y certificaciones, de donaciones, multas y de ingresos por servicios prestados.

Para poder ser traductor se debe cumplir con las siguientes exigencias:

-Ser argentino, nativo o naturalizado, o extranjero con residencia definitiva.

-Poseer título habilitante de traductor público oficialmente reconocido por el ministerio de Educación de la Nación, expedido por Institutos, Universidad Nacional o Provincial, Pública o Privada, del País o del extranjero.

-No haber sido condenado a pena de inhabilitación absoluta o profesional.

-Poseer domicilio real y constituir domicilio legal en la Provincia de San Luis.

Por otro lado, se estableció que las contrataciones de traductores públicos por parte del Estado, tanto provincial como municipal, deberá ser cubierto con “preferencia” por matriculados del Colegio.

Además, se determinó que el organismo contará con una asamblea, un Consejo Directivo y un Tribunal de Ética. En este sentido se reglamentó cómo estarán constituidas cada una de estas esferas y sus funciones.

A partir de la promulgación de la ley, el Gobierno provincial tendrá 30 días para designar un grupo de traductores puntanos para que en el plazo de tres meses confeccionen un padrón provisorio de profesionales que estén en condiciones de matricularse.

Cumplido este paso, se llamará a elecciones para las autoridades de los órganos de gobierno. Luego de que se cumplan tres meses de la conformación del Consejo, se deberá ratificar la inscripción en la matrícula.

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