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Villa Mercedes: se reanudará el juicio oral por la muerte del niño Jair Luchessi

El debate se desarrollará a partir del próximo jueves.

Actualizada: 07/09/2019 01:39
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La Cámara Penal Nº 1 de la Segunda Circunscripción reanudará el próximo jueves 12 de septiembre el juicio oral en la causa “Luchessi Liliana Jacquelina- Pacheco Roque Bruno Ezequiel av. homicidio calificado”.  Aquí, se investiga Liliana Luchessi por la muerte de su hijo.

El hecho sucedió en junio de 2014 cuando Jair Emanuel Luchessi de un año y 10 meses de edad, ingresó sin vida al Policlínico Juan Domingo Perón de la ciudad de Villa Mercedes.

Ese día la ambulancia Sempro se presentó en el domicilio de calle Lamadrid y España, luego de recibir un llamado para asistir a una persona con problemas de respiración. El médico se encontró con un nene que estaba clínicamente muerto. Después de realizarle las maniobras de reanimación lo trasladaron al Hospital.

Luego del ingreso del menor sin signos vitales al nosocomio, los médicos informaron el hecho como causa dudosa. En esa oportunidad, el niño presentaba hematomas en varias partes del cuerpo.

El tribunal estará conformado por Eduardo Cadelago Filippi, Virna  Eguinoa y Hernán Herrera, confirmó la oficina de prensa.

Antecedentes

Esta causa se encuentra relacionada con “Denasio Gimenez Karen Luciana-Fonzalida Flores Brian Miguel Pedro-Flores Pedro Ricardo-Flores Martha Verónica- sustracción de menor de diez años”.

El 26 de septiembre de 2012, Pedro Flores y Liliana Luchessi se encontraban en el interior de una camioneta estacionada en la intersección de las calles Olloqui y Pringles, cuando una pareja se habría acercado al vehículo y de manera violenta, le habrían sustraído a Jair de 15 días en ese momento.

En mayo de 2015 se llevó a cabo el juicio oral. Declararon a Karen Luciana Denasio Gimenez, como coautora penalmente responsable del delito de sustracción de menor de diez años (arts. 45 y 146 del C.P.), y la condenaron a sufrir la pena de cinco años de prisión efectiva, y a Pedro Ricardo Flores, como partícipe necesario del delito de sustracción de menor de diez años (arts. 45 y 146 del c.p) y lo condenaron a sufrir la pena de siete años de prisión.

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