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La Justicia ordenó garantizar la cobertura de un tratamiento con cannabis medicinal

El titular del juzgado nº 15 en lo Contencioso Administrativo y Tributario, Víctor Trionfetti, ordenó a Facturación y Cobranza de los Efectores Públicos S.E. (FACOEP SE), que en el plazo de cinco días garantice la cobertura íntegra de diez unidades de aceite de cannabis.

Cannabis medicinal.
Actualizada: 11/11/2019 22:28
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La justicia hizo lugar hoy a un amparo presentado por una madre en representación de su hijo de 14 años, quien padece epilepsia refractaria severa con crisis múltiples, y ordenó abonar de manera integral el valor del aceite de cannabis recetado como de uso medicinal, se informó hoy.

El magistrado dispuso, informó el sitio i-judicial, que será “bajo el apercibimiento de aplicar sanciones conminatorias de $5.000 por cada día de retardo, en cabeza de quienes revisten el carácter de presidente de Facoep SA, (…) y los miembros del Directorio”.

“Con relación a la epilepsia refractaria que sufre J., manifestó que debe destacarse que los antiepilépticos no siempre son efectivos para eliminar o reducir las crisis”, indicó en su amparo, la madre del adolescente. Y destacó que su médico “ordenó complementar el tratamiento con aceite de cannabis, (…). Ello, en orden a los reportes médicos que se vienen generando a nivel internacional sobre los beneficios de su empleo para morigerar la epilepsia”.

A pesar de ello, no pudo iniciar el tratamiento porque Facoep “se niega a brindarle la cobertura y ella carece de medios económicos para procurárselos por su cuenta”, explicó el juez en su decisión.

“La protección de la salud es uno de los principios fundamentales en cualquier Estado moderno, principio que se plasma en la actualidad como un derecho de toda persona a exigir aquellas prestaciones básicas que en materia de salud le garanticen su dignidad como ser humano”, agregó.

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