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Los principales puntos del megapaquete de emergencia: dólar con 30%, jubilaciones y retenciones

Hubo cambios al proyecto original. Diputados lo aprobó por mayoría, con 134 votos a favor.

La Cámara de Diputados aprobó esta mañana la llamada ley "Solidaridad Social y Reactivación Productiva".
Actualizada: 20/12/2019 17:37
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La Cámara de Diputados aprobó esta mañana la llamada ley "Solidaridad Social y Reactivación Productiva" que impulsa el Gobierno y que otorga facultades especiales al presidente Alberto Fernández. El resultado fue de 134 votos a favor y 110 en contra.

La ley -girada al senado- reasigna partidas para incentivar el consumo y el gasto social, suspende la movilidad jubilatoria por 180 días, modifica el esquema de derechos de exportación con retenciones y comensaciones y estipula un impuesto del 30% al dólar turista y ahorro.

Poderes especiales. Se declara la emergencia pública en materia económica, financiera, fiscal, administrativa, previsional, tarifaria, energética, sanitaria y social, y se delegan facultades del Congreso al Poder Ejecutivo para hacer cambios en todas esas áreas. En ese sentido, faculta a Fernández a llevar adelante las gestiones necesarias para "recuperar y asegurar la sostenibilidad de la deuda pública de la República Argentina".

Dólar. Establece un impuesto a la compra de dólares del 30 por ciento para atesoramiento. Ratifica el cepo con el límite de 200 dólares mensuales. También fija un impuesto del 30% para los gastos con tarjetas de crédito en el exterior, por el período de cinco años. El impuesto no alcanzará a aquellas compras que se realicen hasta la promulgación de la ley. Tampoco afectará a viajes que se realicen a ciudades terrestres fronterizas. Aún hay que aguardar la reglamentación para definir detalles.

Qué se hará con ese impuesto. Lo recaudado por este impuesto se destinará en un 67% al financiamiento de los programas de la Anses.Un 3% se destinará a la creación de un Fondo solidario de competitividad agroindustrial para estimular la actividad de pequeños productores y cooperativas a través de créditos para la producción.Y el restante 30% se destinará a solventar obras de infraestructura económica y vivienda social, financiar el fideicomiso Renabap y fomentar el desarrollo del turismo local.

Jubilaciones. Se suspende por seis meses la Ley de Movilidad sancionada en 2017 bajo la gestión de Mauricio Macri, que ataba los aumentos para jubilados, pensionados y beneficiarios de la Asignación Universal por Hijo a una fórmula compuesta por el Índice de Precios al Consumidor (inflación) y la Remuneración imponible promedio de los trabajadores estables (RIPTE, variación salarial). Los aumentos serán otorgados por decreto el Poder Ejecutivo. En ese punto, se determinó que la movilidad no se suspenderá para docentes y científicos. Tampoco alcanza a expresidentes, jueces y fiscales.

Retenciones. La ley faculta al Gobierno a fijar derechos de exportación cuya alícuota no podrá superar el 33% del valor imponible: en el caso de la soja aumenta de 30% a 33% y para trigo y maíz de 12% a 15%, aunque existirán "compensaciones" para pequeños productores y cooperativistas. Para productos agroindustriales de economías regionales se establece una alícuota tope del 5%, al igual que para bienes industriales y servicios. En cuanto a bienes exportables hidrocarburíferos o provenientes de la minería, se reduce el tope del 12 al 8%.

Tarifas e intervenciones. Se autoriza al Poder Ejecutivo a intervenir el Ente Regulador de la Electricidad (Enre) y el Ente Regulador del Gas (Enargas). También habilita al Gobierno a congelar las tarifas de electricidad y gas por el plazo de 180 días, "propendiendo a una reducción de la carga tarifaria real sobre los hogares, comercios e industrias, para el año 2020″.A su vez, se faculta al Gobierno a iniciar un proceso de renegociación de la Revisión Tarifaria Integral vigente.

Deuda pública. Se faculta al gobierno a realizar las gestiones y los actos necesarios para recuperar y asegurar la sostenibilidad de la deuda pública. El gobierno deberá informar los resultados de esta negociación ante la comisión Bicameral Permanente de Seguimiento y Control de la Gestión de Contratación y de Pago de la Deuda Exterior de la Nación del Congreso.

Pymes. Se instrumentará un plan de moratoria para el pago de deuda de las micro y mini pymes, con excepción de aquellas deudas vinculadas a las ART, impuestos de combustibles y sobre juegos de azar. Habrá rebajas de contribuciones patronales para las empresas pequeñas y medianas empresas.

Impuestos. Se modifica el mecanismo para calcular el ajuste por inflación en los balances de las empresas. Suben montos mínimos para el pago de impuestos internos a la importación de vehículos, motos y embarcaciones deportivas. Duplican tasas de estadística para importar bienes de consumo. Los bonos, cajas de ahorro y plazos fijos en pesos no pagarán renta financiera.

Bienes personales. Aumenta en forma progresiva el impuesto a bienes personales, con la excepción de los bienes que no superen los 3 millones de pesos. Faculta a la Afip a establecer un régimen de reintegros para personas humanas que revistan la condición de consumidores finales. Se aumenta alícuota de bienes personales para los activos en el exterior.

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