X

Emergencia Económica: la reglamentación de la ley se demora por un veto parcial en las retenciones

La norma que se sancionó el sábado por la madrugada, se publicará hoy en el Boletín Oficial.

Alberto Fernández, junto a los ministros de su Gabinete.
Actualizada: 23/12/2019 10:24
PUBLICIDAD

Se esperaba una rápida promulgación de la Ley de Solidaridad Social y Reactivación Productiva, que fue sancionada el sábado por la madrugada en el Senado después de un veloz tratamiento en la Cámara baja. Aunque está demorada la publicación de la norma en el Boletín Oficial: TN.com.ar pudo saber que la tardanza es por un veto parcial que se le hará por cuestiones técnicas a las retenciones, que no tienen que ver con las alícuotas. Se prevé que se reglamente durante el día de hoy, y será a partir de ese momento en que se efectivizarán las medidas que establece la ley.

En esta línea, fuentes de Presidencia citadas por la agencia oficial de noticias Télam indicaron que la publicación puede concretarse "en el lapso de las 24 horas del día". Aunque lo usual es que las reglamentaciones se hagan durante la madrugada.

La ley establece, entre otras medidas, una serie de cambios en las facultades que tiene el Ejecutivo para administrar el Estado en materia económica, financiera, fiscal, administrativa, previsional, tarifaria, energética, sanitaria y social. Además de cambios en los derechos de exportación y otros impuestos, un recargo del 30% en las operaciones en dólares y la suspensión de la movilidad jubilatoria por 180 días hasta determinar una nueva fórmula de actualización de los haberes, entre otras medidas.

En cuanto a las retenciones al campo (previo al tratamiento de la ley) inicialmente el Ejecutivo actualizó los derechos de exportación al quitar el tope de $4 por dólar exportado que había dispuesto la anterior administración de Mauricio Macri. Luego se modificaron los límites a las retenciones con la sanción de la Emergencia Económica, que le permite al Gobierno aumentar los derechos de exportación en tres puntos porcentuales para determinados productos agropecuarios y a establecer "mecanismos de segmentación y estímulo" para pequeños productores y cooperativas que serán alcanzadas por el impuesto.

De esta manera el Ejecutivo podrá subir las retenciones al poroto de soja hasta 33%, mientras que los cereales como el maíz y el trigo podrían llegar hasta 15%. Las carnes, la leche en polvo, la lana y otras producciones hasta el momento tributan 9%, aunque el Ejecutivo podría llevarlas hasta el tope de 15%. Mientras que las producciones agroindustriales de las economías regionales se ubicarán en 5%.

En tanto que determina una rebaja en los derechos de exportación a los hidrocarburos y minería, que se fijarán en el 8%. "Las alícuotas de los derechos de exportación para hidrocarburos y minería no podrán superar el OCHO POR CIENTO (8 %) del valor imponible o del precio oficial FOB", fue el agregado que el Gobierno hizo a último momento en el proyecto, previo a su debate en los recintos de las Cámaras baja y alta en el Congreso.

PUBLICIDAD

EN PORTADA EL CHORRILLERO

SUBIR