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Merlo: condenaron a 15 años de prisión a un remisero por abusar de su hijastra

El caso tomó estado judicial en octubre de 2018. En la jornada de hoy se resolvió la situación procesal del imputado por medio de un juicio abreviado.

La damnificada tenía 14 años al momento de confesar los abusos a los que era sometida.
Actualizada: 19/02/2020 16:55
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Este miércoles, en la Cámara de Apelaciones con asiento en Concarán, se llevó a cabo el juicio abreviado.

El encartado es W.O.C, un remisero de la Villa de Merlo acusado de abusar sexualmente de su hijastra, según informó la oficina de prensa del Poder Judicial.

La damnificada tenía 14 años al momento de confesar los abusos a los que era sometida, los cuales según su relato habían comenzado cuando tenía 5 o 6 años de edad, es decir, al poco tiempo de que su madre iniciara una relación de pareja con su padrastro.

Los hechos llegaron a conocimiento de la justicia en el mes de octubre de 2018 por medio de un informe remitido desde el colegio al que concurría la menor, en dónde las autoridades escolares indicaron que, desde hacía un tiempo, la chica presentaba cuadros de tristeza, angustia y dificultad para comunicarse.

Cuando le preguntaron por su estado anímico, la menor les contó que se sentía mal porque su mamá padecía una enfermedad terminal (la que le provocó la muerte pocas semanas después); y porque, además, era abusada por su padrastro desde hacía varios años. Además refirió que, antes de que su madre se enfermara, el hombre las golpeaba a las 2.

Desde la Secretaría de Familia y Menores del Juzgado Multifuero del Departamento Junín, se ordenaron medidas urgentes tendientes a proteger la integridad psicofísica de la joven y de su madre; entre ellas, la exclusión del hogar y la prohibición de acercamiento del victimario; el otorgamiento de la guarda provisoria asistencial de la adolescente y de su mamá a 2 amigas y compañeras de trabajo de ésta, la realización de una entrevista en Cámara Gesell, extenso informe socioambiental y la remisión de las actuaciones pertinentes al Juzgado de Instrucción, a fin de iniciar la correspondiente investigación penal.

Paralelamente, desde la Fiscalía se instó la acción penal, requiriendo al Juez la inmediata detención del acusado para la indagatoria.

En dicha audiencia, el hombre negó todos los cargos y su defensa solicitó la prórroga legal para el estudio de la causa.

Pocos días después fue procesado por el delito endilgado, y trasladado a la Penitenciaría provincial.

Juicio abreviado

W.O.C asumió ser el autor de los hechos que se le imputan, por lo que el Tribunal Penal, integrado por Luis Manuel Sosa, Sandra Elizabeth Piguillem y Sergio Darío De Battista, hizo lugar a la petición de las partes de culminar el proceso a través de un juicio abreviado.

El acusado fue asistido por el defensor oficial, José Francisco Pérez. Por su parte, la defensora de Niñez y Adolescencia, María Monserrath Bocca, se hizo presente en representación de la menor damnificada; y Néstor Mario Zudaire intervino como Fiscal de Cámara.

En el acuerdo firmado por el acusado, el Defensor Oficial y los miembros del Ministerio Público Fiscal y Pupilar se dejó constancia de que W.O.C: “reconoce la existencia de los hechos acontecidos al momento de cometerse el injusto penal”; “reconoce también el encuadramiento jurídico de su conducta en los términos previstos en el artículo 119, segundo párrafo, incisos a), b) y f) del Código Penal (Abuso sexual gravemente ultrajante por su duración en el tiempo, calificado por causar grave daño en la salud mental de la víctima, cometido por la persona encargada de la educación o guarda, y por su comisión contra una persona menor de edad aprovechando la situación de convivencia preexistente); “reconoce además, ser el autor del delito que se le endilga”; “presta acuerdo a la imposición de la pena de quince años de prisión”.

Ante lo expuesto, el Tribunal de Cámara resolvió homologar el acuerdo y, dentro del plazo de ley, esto es, 10 días hábiles, dictará la sentencia correspondiente.

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