Exigen al Gobierno que dé explicaciones de la millonaria contratación de cámaras para medir la temperatura
El interbloque de Diputados de San Luis Unido presentó un pedido de informes apenas se conoció la compra de los equipos en el marco de las medidas de prevención de coronavirus. Pagó $14 millones, cifra cuatro veces mayor del valor de mercado.
En el reporte epidemiológico del pasado lunes, el gobernador Alberto Rodríguez Saá y el ministro de Obras Públicas, Felipe Tomasevich anunciaron con bombos y platillos la instalación de un sistema de cámaras termográficas en los puestos limítrofes provinciales en el marco de los controles sanitarios.
Hasta ahí se trata de una medida más, si no se hubieran conocido detalles que precedieron la operación de compra de los equipos que estaría envuelta en irregularidades. El portal Zbol publicó ayer que la empresa Leveltech SRL cobró $14 millones por la venta.
Ahora los legisladores opositores de San Luis Unido presentaron un pedido de informes para que la administración de Rodríguez Saá muestre de manera rigurosa y minuciosa el proceso de contratación, datos de la compañía proveedora y personas a las que se hubiere invitado a cotizar, entre otros puntos.
A lo largo de articulado pidieron al mandatario provincial que le imprima la “mayor velocidad” al requerimiento de información “a los efectos de evitar prácticas abusivas y maniobras especulativas”. Es así que en un plazo de cinco días deberá responder sobre la solicitud, una vez aprobada y notificada por parte de la Cámara de Diputados.
El decreto N° 2386, firmado por el gobernador y la ministra de Salud, Silvia Sosa Arajo, autorizó la adquisición sin compulsa previa de ocho cámaras, un televisor de 32 pulgadas y un monitor de computadora de 19 pulgadas, todo con el fin de ser colocado en los límites de Desaguadero y Justo Daract y controlar la temperatura de las personas que pasan por los puestos.
El acto administrativo se materializó el sábado 25 de abril y todavía no fue publicado en el Boletín Oficial. El 28 de abril, la empresa realizó la entrega del equipamiento.
En términos de costos, cada equipo requirió una erogación de $1.750.000.
Según Zbol, una compañía ubicada en el partido de Morón, Buenos Aires, ofrece los mismos a un costo de 6.171 dólares (con IVA incluido) Trayéndolo a la conversión actual ($68.75) tiene un valor unitario de $424.256,25.
“El gobernador es el jefe de la Administración General de la Provincia y no puede pretender un cheque en blanco para que disponga arbitrariamente, sin procedimiento alguno ni control, de los fondos públicos”, manifestaron en los fundamentos los diputados opositores de San Luis Unido.
El marco legal con el que se debe cumplir es la Ley Nº VIII-0256-2004 de Contabilidad, Administración y Control Público de la Provincia que establece en su artículo 96º que la regla general de la contratación es la licitación pública.
Más allá que dieron cuenta que no desconocen la urgencia que puede existir en medio de la pandemia, “no exime al funcionario actuante de velar por la integridad del Tesoro Provincial, y consecuentemente realizar la evaluación a cerca de la razonabilidad del precio a pagar”.
“Toda contratación que escape a la regla general de licitación debe hacerse con suma cautela, responsabilidad y publicidad”, aseveraron y agregaron que “por el agravante que surge de las versiones periodísticas dan cuenta que existiría un sobreprecio en el precio contratado y/o abonado”.
“El patrimonio público debe ser protegido y defendido inexorablemente en todo momento, y con especial atención en un contexto de emergencia y fuerte caída de la recaudación, evitando desvíos de fondos hacia patrimonios ajenos”, afirmaron.
La empresa beneficiada, Leveltech SR, fue inscripta en la AFIP en marzo de 2015 bajo el rubro “telecomunicaciones”.
Entre las operaciones bancarias que acredita en sus cuentas en los bancos BBVA y Supervielle e ICBC, tiene al menos siete cheques informados en los últimos 18 meses con movimientos que “distan mucho de la operatoria” aprobada por el Gobierno
Tiene como domicilio fiscal en avenida Perón 1146 de la ciudad de San Luis, una casa de familia ubicada al lado de un negocio que vende paragolpes.
Cuenta además con dos empleados registrados en AFIP aunque registra la falta de pago de jubilación, aportes patronales y obra social desde diciembre de 2019.
Traducido, esta empresa le consiguió vender de forma millonaria a San Luis sus servicios sin tener una dirección para la atención al público, sin tener teléfonos, ni una página web o correo electrónico.
La empresa tiene estrechas vinculaciones con funcionarios del Gobierno. Ha sido favorecida en otras polémicas contrataciones como los lectores de patentes y las balanzas
Lo que buscan saber
a) Procedimiento adoptado para la contratación de la provisión de “ocho (8) sistema integral de detección termográfica corporal”; fundamentando hechos y circunstancias como normativa aplicable que faculte la elección del procedimiento adoptado y como así también del proveedor adjudicado. Asimismo, deberá acompañar copia íntegra del expediente de gestión y expediente de pago, donde tramitó la referida contratación y pago respectivamente.
b) Detalle de las personas a las que se hubieren invitado a cotizar para la provisión de los bienes individualizados en a), munido de sus respectivas cotizaciones, acreditando la fecha y la efectiva invitación cursada; y evaluación realizada con respecto a la razonabilidad del precio adjudicado.
c) Antecedentes concretos en la provisión de los bienes adquiridos que registraba el proveedor adjudicado.
d) Capacidad operativa, financiera y económica del proveedor adjudicado teniendo en cuenta el monto del precio contratado. A sus efectos, deberá acompañar el legajo que dicha empresa posee en el Registro de Proveedores y Contratistas del Estado, comprensivo –además– de los Estados Contables de la empresa.
e) Todo otro criterio utilizado para la contratación de la provisión de las unidades del sistema integral de detección termográfica corporal, especialmente vinculado al funcionario que hubiere propuesto, ordenado y dispuesto dicha provisión; como así también la forma en que se vinculó y/o contactó y/o se recepcionó el presupuesto del proveedor adjudicado; responsable que solicitó la adquisición y fundó la necesidad de la adquisición; y demás antecedentes y consideraciones que permitan comprender todas las circunstancias vinculadas a las contrataciones que son materia de este requerimiento.
f) Nombre y datos de los socios, apoderados y autoridades de la empresa Leveltech S.R.L.. A sus efectos deberá remitir copia completa de los legajos del Registro Público de Comercio y de la Dirección Provincial de Fiscalización y Constitución de Personas Jurídicas.
g) Detalle de las contrataciones del Poder Ejecutivo y/o de cualquier otro organismo perteneciente al mismo realizadas con la firma Leveltech S.R.L., individualizando fechas, objetos, montos, proceso de contratación utilizado, acto jurídico que lo hubiere aprobado y expedientes donde haya tramitado la referida contratación.