Enriquecimiento ilícito: sobreseen a Echegaray porque la Oficina Anticorrupción no apeló
El ex titular de la Aduana fue investigado por el aumento de su patrimonio entre 1998 y 2014.
La justicia desestimó la acusación contra el ex funcionario luego de investigar su patrimonio y el de todo su círculo íntimo antes de dictaminar su inocencia. "Esta sentencia confirma la trayectoria limpia en su carrera como funcionario público", dijeron desde su entorno.
El ex titular de la AFIP Ricardo Echegaray fue definitivamente sobreseído este viernes en una causa en la que se investigó su patrimonio y situación financiera durante 16 años (desde 1998 a 2014).
De esta manera, la Justicia concluyó la inocencia del ex funcionario ante una denuncia por la que se investigó su comportamiento y el de todo su círculo íntimo.
La Cámara Criminal y Correccional Federal –Sala 1 fue la que desestimó la apelación a la decisión judicial que se efectuara en febrero de 2020 luego que los representantes de la Oficina Anticorrupción desistieran de la continuidad del recurso que habían interpuesto en esa fecha.
“Y en definitiva, con la totalidad de la prueba colectada (declaraciones juradas, escrituras públicas, informes de dominio, constancias de los registros públicos de diferentes provincias, movimientos bancarios, gastos de tarjetas de crédito, pólizas de seguro, etc.), la cantidad de años de investigación y la búsqueda de datos a través de los consumos y gastos perpetrados por el causante, nada se pudo concluir; lo que le genera al Suscripto la convicción de que no media elemento concreto alguno para cuestionar la situación patrimonial del causante”, había escrito el juez Adolfo Canicoba Corral en febrero de 2020 al dictar el sobreseimiento que fue apelado por la Oficina Anticorrupción.
De esta manera, la Justicia Federal da por terminado el proceso en el que no encontró ninguna prueba que en contra de Echegaray durante el desarrollo de su gestión en el organismo impositivo.
“No puedo dejar de destacar, que se realizaron la totalidad de las medidas sugeridas tanto por la Oficina Anticorrupción como por la Unidad de Investigación Financiera, sin que las mismas arrojaran elementos de interés contundentes para continuar con la presente pesquisa”, dice el juez que añade, “Y en definitiva, con la totalidad de la prueba colectada (declaraciones juradas, escrituras públicas, informes de dominio, constancias de los registros públicos de diferentes provincias, movimientos bancarios, gastos de tarjetas de crédito, pólizas de seguro, etc.), la cantidad de años de investigación y la búsqueda de datos a través de los consumos y gastos perpetrados por el causante, nada se pudo concluir; lo que le genera al Suscripto la convicción de que no media elemento concreto alguno para cuestionar la situación patrimonial del causante”.