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La libertad de expresión a juicio: el 13 de agosto se conocerá el veredicto de la causa contra Diego Masci

El debate tuvo al director de Zbol como acusado por publicar el video donde la ex ministra de Educación, Natalia Spinuzza reconocía que había consumido droga y alcohol. Distintos sectores se solidarizaron con el periodista.

FOTO PRENSA JUDICIAL
Periodista Diego Masci, director de Zbol.
Actualizada: 03/08/2020 18:34
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La jueza de Sentencia, Laura Molina dictaminó que el veredicto del juicio se conocerá el 13 de agosto a las 9.

En medio de un fuerte repudio contra el juicio que representa una avance sobre la libertad de expresión, y la solidaridad de partidos políticos de la oposición, periodistas y organizaciones como FOPEA, se desarrolló esta mañana el debate oral.

Masci llegó a Tribunales pasadas las 8:30 junto a su abogado defensor, Ricardo Endeiza. En la previa, presidentes de fuerzas políticas, legisladores, dirigentes y periodistas realizaron la vigilia frente al Poder Judicial.

Por su parte, Spinuzza no estuvo en la sala y presenció el debate vía online. Estuvo representada por el letrado, Omar Uría.

Endeiza pidió la absolución del periodista al entender que el proceso “no tenía razón de ser” y la causa debía ser archivada porque "carece de sustento fáctico alguno”.

La ex ministra de Educación y actual secretria de Medio Ambiente, Natalia Spinuzza estuvo en forma remota en la audiencia. (Foto Prensa Judicial)

En la misma línea, dijo que desde el inicio del juicio hubo una “afectación absolutamente anticonstitucional de la garantía de juicio” de su defendido.

“Estamos ante un intento de acallar el ejercicio de la libertad de prensa”, afirmó Endeiza y desarrolló en forma minuciosa el andamiaje que resguarda la libertad de expresión y de prensa. Apeló a declaraciones y antecedentes internacionales y nacionales citando la Corte Interamericana de Derechos Humanos y Corte Suprema de Justicia.

“La sanción civil puede ser tan o más intimidante e inhibidor al ejercicio de la libertad de expresión que una sanción penal porque tiene la potencialidad de comprometer la vida personal y familiar de quien denuncia a un funcionario público”, sostuvo en una extensa pieza donde atravesó diversos frentes que están juego.

Endeiza desmenuzó los diferentes tópicos que confluían en el caso para arribar a la conclusión de que al periodista no le cabe ninguna pena y debe ser absuelto.

El debate oral. (Foto Prensa Judicial)

Entre los argumentos, el letrado expuso que en la acusación se habla de un video en la que se muestra a la funcionaria y una publicación escrita titulada “la ministra de educación drogada y borracha”. En ese sentido, afirmó que “no se acompañó con copia y es evidente que debía presentarse de la misma”.

“Es clara la situación de que esta obligación se incumplió. Además, no hubo voluntad aparte de aportar el enlace del mismo. Este proceder dejó a mi representado en un absoluto estado de indefensión porque la única referencia que ha iniciado como defensa se refieren a supuestos hechos que no existen y no se han probado”, evaluó.

Indicó que en el sitio web www.zbol.com.ar, que dirige Masci, “nunca publicó una nota titulada de esa manera” y tampoco se comprobó que se haya difundido el 24 de agosto a las 16:30 o 17:11 como hizo alusión el abogado de Spinuzza.

“Mi defendido debió defenderse de toda la construcción basada en una publicación que no existe”, manifestó.

Otro de los argumentos que utilizó Endeiza fue que el perito informático “no pudo acceder al video” y dijo que “no acreditó la existencia de la publicación".

"Queda claro que nada cumple con los requisitos que por equiparación con la acusación debe contener. No determina en forma precisa, la plataforma en base a lo que se acusa. No existe la nota con el título, el horario de publicación y es lo que manifestó el perito”, añadió.

El abogado dijo que Spinuzza incurrió en un “acto juvenil” de grabarse y difundirlo a través de whatsapp: “El error de la querellante fue sacar algo de su intimidad, de su vida privada”.

“¿Se puede seguir insistiendo que mi defendido hizo público el video? Entendemos que no porque es materialmente imposible que se haya cometido el delito, porque era algo ya difundido”, planteó.

Se basó en que nueve meses antes el video ya circulaba por Whatsapp, y en esto se explayó para decir que no se trata de una simple aplicación, sino de una red social importante donde se comparte y circula información de manera constante. Inclusive se refirió al caso de vecino de Tilisarao que el Gobierno informó como un paciente “leve” de coronovarirus. “Ya no viene el caso nombrarlo, pero todo lo conocimos por whatsapp”, indicó.

Agregó que 60 días previos se encontraba en comunicaciones de Facebook, y antes, según determinaron, estaba en Youtube.

Tanto Masci como Spinuzza optaron por no declarar.

Uría solicitó la máxima pena fijada en el artículo 155 del Código Penal, que prevé una sanción económica que va desde los $15 mil a $100 mil.

Explicó que la causa se inició por la publicación el 24 de agosto de 2018 entre las 16:30 y 17:11 de un video grabado por la funcionaria cuando se encontraba en noviembre del año anterior en la ciudad de Amsterdam, Holanda.

Fueron ofrecidos como testigos de la querella dos personas. María Cristina Piani y Mercedes Zudaire, madre y secretaria privada respectivamente de Spinuzza, declararon en la audiencia.

Uría eñaló que se incurrió en un error conceptual “bastante serio" al pretender " hacer creer que whatsapp es una red social y no lo es”.

“Algunos opinólogos dicen que mi clienta renunció a su privacidad al haber mandado ese video a un grupo que era cerrado, íntimo de cuatro personas”, agregó.

En otro de sus argumentos, se centró en que la libertad de prensa “no es absoluta”, que tiene “sus limitaciones cuando empieza el derecho del otro”.

"No nos interesa quién lo filtró, podemos sospechar, pero no lo sabemos. Acá lo que se dice es quién lo hizo público, que lo sacó de ese ámbito de privacidad y causó un gran daño moral en mi clienta", expuso.

Agregó que "era algo que no estaba destinado a ser público”.

"Es un acto netamente privado de mi clienta en ese momento ya que estaba de licencia, de luna de miel en otro país junto a su esposo sin tener nada que ver la función pública. Además, no se hizo apología de la droga, del alcoholismo, sino que, por el contrario, está diciendo que es algo malo", consideró en su alegato.

Por último, remarcó que se generaron dos conflictos de normas constitucionales, la libertad de prensa y el derecho a la privacidad: "Si bien hay muchos periodistas, gente que es partidaria de uno sobre el otro, creo que hay legislación suficiente para establecer y saber cuáles son los límites que tiene uno de esos principios".

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