La Corte ordenó al Gobierno de Corrientes que habilite el ingreso de una persona para atender a un familiar enfermo
La Corte Suprema de Justicia de la Nación ordenó a Corrientes que -a pesar de las restricciones impuestas a la circulación por el coronavirus- deje ingresar a esa provincia a una persona para que pueda atender a su madre, que está enferma de cáncer.
El máximo tribunal intervino así para evitar un desenlace semejante al caso que terminó con el deceso de Solange Musse, de 35 años, quien falleció sin que su padre pudiera despedirse de ella porque las autoridades de Córdoba no dejaron que ingresar a la provincia.
Los problemas de barreras internas interprovinciales son una constante desde que se declaró la pandemia y constituyen un obstáculo a la circulación que choca contra la libertad ambulatoria contemplada en la Constitución.
Por eso es que se presentaron varias demandas a la Corte para que se ocupe del problema.
El máximo tribunal resolvió hoy pedir informes a las provincias de Córdoba, San Luis, Formosa, Corrientes y Salta en expedientes en los que se plantearon cuestiones relativas a restricciones a la circulación o acceso a las provincias demandadas en el marco de la pandemia por Covid-19. La Corte les dio a las provincias un plazo de tres días para responder. Son unos seis casos.
La Corte dijo que esta decisión no implica adelantar opinión sobre si se tratan de asuntos de su competencia originaria.
El caso de Corrientes
Pero donde si tomó una determinación inmediata es en el caso de Corrientes, en el que ordenó a la provincia para que arbitre las medidas necesarias para permitir a Mariano Maggi a que cruce a diario el puente General Belgrano desde Resistencia, Chaco, para cuidar a su madre Eulalia Benitez, que está enferma de cáncer.
Maggi presentó al demanda porque el PAMI dispuso que el tratamiento se realice en Corrientes. Debe someterse a una radioterapia tridimensional por padecer un carcinoma mamario.
Explicó el hijo que el tratamiento médico que le indicó el PAMI comenzó en Corrientes el 6 de julio e implica la realización de cinco sesiones semanales de radioterapia de 20 minutos cada una, cuyos efectos secundarios son vómitos y dolores punzantes que, según los médicos, tienden a volverse más intensos a medida que se desarrolla el tratamiento.
Mariano Maggi señaló que al principio madre e hijo se trasladaban desde Resistencia en automóvil particular hasta Corrientes, para lo cual gestionaron los permisos provinciales necesarios en el marco del aislamiento social, preventivo y obligatorio (ASPO).
Pero la madre, como paciente oncológica y el actor como acompañante de su madre, estaban obligados a hacerse un hisopado cada siete días para poder pasar a la ciudad vecina.
Ante ese problema decidieron alquilar un departamento en Corrientes para que la señora Eulalia se quedar allí y su hijo volviera a Resistencia. De ese modo, Mariano Maggi viajaría para acompañarla en cada sesión y podría asistirla.
Pero Maggi contó que al querer ingresar a Corrientes, los policías que estaban en el puente General Manuel Belgrano, con intervención del Ministerio de Salud, le impidieron pasar porque le dijeron que no iba con su acompañante enferma.
Maggi insistió en que su madre estaba en la capital correntina y que él era el único familiar que podía asistirla en el tratamiento. Argumentó sobre los derechos a la salud y bienestar consagrados en los tratados de derechos humanos internacionales que se encuentran cercenados y limitados por los funcionarios provinciales y municipales que le impidieron su traslado para cuidar de la salud de su madre.
El juez a cargo del Juzgado en lo Civil y Comercial N° 8 de Resistencia se declaró ‘incompetente para entender en la controversia y ordenó la remisión de la causa a la justicia federal de Resistencia pero el juez dijo que se trataba de un caso de competencia originaria de la Corte y envió el expediente a la ciudad de Buenos Aires.
Así las cosas, la Corte resolvió hoy que Corrientes deje pasar a Maggi para que pueda atender a su madre y completar el tratamiento oncológico.
Argumentó la Corte que «aparece como un exceso en las atribuciones de las autoridades provinciales (en coordinación con las nacionales, según se denuncia) que se le impida al señor Mariano Maggi su traslado a la ciudad» para cuidar a su madre.
Los casos de Córdoba, San Luis Formosa y Salta son similares.
En el caso contra San Luis la demanda es de María Sol Borge, que vive en Ramos Mejía y quiere ir a ver a su hija que está con el padre en la provincia puntana. Se le prohíbe el ingreso al territorio y así se le impide el contacto con su hija menor. Pretende que se ordene a la provincia que permita su ingreso y el de su actual pareja y que los autorice a alojarse en el hotel que ellos mismos eligieron, ubicado en la localidad donde reside su hija, y no en el que el gobierno provincial les designó, a unos 150 kilómetros del domicilio de la menor.
La niña vive con su padre en Santa Rosa del Conlara y tienen acordado un régimen de visitas amplio en el que madre e hija se ven según las particularidades de la vida de la niña, aunque, por el Covid 19 no la ve desde enero.
En el caso de Formosa, el caso lo presentaron siete vecinos varados en la Ruta 11 en Lucio V. Mansilla. Viven en sus autos o en carpas, y se alimentan por la solidaridad de los vecinos y de la municipalidad de Puerto Eva Perón porque no los dejan ingresar desde el Chaco por el coronavirus.
En otro caso en Corrientes, es una empresa la que demanda a la provincia. Se trata de Licores Nordeste, con domicilio en el Chaco, que reclama porque el personal que debía trasladarse desde Resistencia o hacia la localidad chaqueña de Barranqueras no puede pasar. Señaló que la empresa tiene su fábrica y distribución en Barranqueras, Chaco. Algunos empleados viven en Resistencia y debe cumplir funciones en Corrientes, mientras que otro empleado vive en Corrientes y es supervisor Barranqueras. Y no los dejan pasar por el límite interprovincial.