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El Gobierno extendió hasta fines de noviembre el plazo para entrar a la moratoria ampliada

Así fue oficializado en una publicación en el Boletín Oficial mediante el Decreto 833/2020. El objetivo es dar más tiempo a las personas físicas y jurídicas para adherirse.

Fue oficializado en una publicación en el Boletín Oficial mediante el Decreto 833/2020.
Actualizada: 01/11/2020 19:37
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El Gobierno extendió hoy el plazo para ingresar a la moratoria ampliada con el fin de dar más tiempo a las personas físicas y jurídicas para adherirse, ya que el período de entrada al beneficio se estiró hasta finales de noviembre.

Así fue oficializado en una publicación en el Boletín Oficial mediante el Decreto 833/2020.

"Prorrógase hasta el 30 de noviembre de 2020, inclusive, el plazo establecido en el último párrafo del artículo 8° de la Ley N° 27.541 de Solidaridad Social y Reactivación Productiva en el Marco de la Emergencia Pública y sus modificaciones, para que los contribuyentes puedan acogerse al Régimen de Regularización establecido en el Capítulo 1 del Título IV de dicha ley", señaló.

Así, pymes, comerciantes, profesionales, grandes empresas, monotributistas, autónomos, cooperativas y entidades sin fines de lucro podrán regularizar sus deudas hasta finales de noviembre.

El universo de impuestos a regularizar abarca deudas impositivas, previsionales y aduaneras, y se ofrecen condonaciones de intereses y multas.

También se pueden refinanciar planes vigentes, reformular planes caducos u obligaciones en discusión administrativa o judicial. No se pueden incluir las cuotas de ART, obra social, aportes y contribuciones del servicio doméstico, cuotas del seguro de vida obligatorio, aportes y contribuciones del Renatre y Renatea (trabajadores rurales y agrarios), y los anticipos de impuestos.

Las empresas e individuos que adhieran al plan de facilidades comenzarán a pagar la primera cuota el 16 de diciembre.

La iniciativa contempla plazos más extensos para que los pequeños contribuyentes regularicen sus obligaciones vencidas.

Las empresas e individuos que cuenten con un Certificado Mipyme vigente al momento de adhesión podrán acceder a 120 cuotas para pagar sus deudas tributarias y aduaneras así como 60 cuotas para los aportes de la seguridad social. La moratoria incluye deudas vencidas hasta el 31 de julio de este año.

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