El Senado aprobó la paridad de género que obliga que las listas de diputados sean encabezadas por mujeres
Lo impone una cláusula para las dos próximas elecciones. Después de bloquear proyectos de la oposición, se dio media sanción por unanimidad a una ley del Gobierno. San Luis Unido propuso modificaciones, pero fueron rechazadas por el albertismo.
En la sesión de este martes, el Senado aprobó un proyecto del Gobierno de paridad de género en los ámbitos de representación política y en todos los cargos públicos electivos de órganos colegiados.
El albertismo avanzó con una iniciativa propia para adjudicarse todo el rédito y desechó una ley impulsada por la oposición. En 2018, el interbloque de San Luis Unido había presentado un texto similar que fue aprobado por unanimidad en Diputados. Sin embargo, el oficialismo senatorial lo pisó hasta que perdió estado parlamentario.
El Gobierno impuso una disposición transitoria que obliga que vaya una mujer en el primer lugar de las listas de candidatos a diputados en los turnos del 2021 y 2023. Esta cláusula ha sido criticada desde la oposición, aunque fue votada hoy por Sergio Guardia (San Luis Unido-Avanzar).
En las últimas dos semanas, el Gobierno mantuvo reuniones con legisladores de la oposición para coincidir en un texto, pero no llegaron a un acuerdo justamente en ese punto.
“Hemos hablado en las reuniones de que esto no solamente significa la paridad en el 50 y 50, sino también en hacer una reparación histórica o una acción positiva en favor de la mujer por todos estos años que ha sido postergada”, sostuvo Guardia y recordó que en su gestión como intendente de Villa de Merlo convocó a mujeres “pensando en la capacidad y por eso estuvieron en puestos claves”.
El senador y presidente de la Comisión de Asuntos Constitucionales, Pablo Garro, expuso que el proyecto forma parte de una política pública de inclusión que "permite cerrar y equiparar la desigualdad que existen en el acceso a los cargos electivos”.
Además, indicó que el objetivo es alcanzar “una sociedad de principios democráticos y lograr de algún modo real una justicia social”.
“Las mujeres, y la comunidad de bisexuales, gays, lesbianas y transexuales tienen el mismo derecho de libertades por el solo hecho que hace a la dignidad humana y no es admisible que sean discriminados por razones de género o de sexo”, manifestó.
En ese sentido, dijo que es necesario que a nivel provincial se fije “una regla que asegure la integración de las listas de forma tal que las postulaciones para cada departamento titular y suplente sea de masculino-femenino o a la inversa”.
Guardia propuso modificaciones en la cláusula transitoria para ampliar el alcance y las mujeres puedan encabezar la cabeza de las boletas al Senado y Concejos Deliberantes, pero su moción fue rechazada por el albertismo que se sentó sobre del texto de Terrazas del Portezuelo y lo hizo votar a libro cerrado.
El oficialismo quiere adueñarse de la bandera de la paridad de género y por eso hace caminar su proyecto. La realidad es que llegó tarde porque la oposición se adelantó hace un par de años y propuso legislar, aunque su proyecto terminó archivado en el Senado.
Los senadores albertistas ofrendaron la media sanción al gobernador Alberto Rodríguez Saá. Mabel Leyes y Marcelo De Bandi dedicaron párrafos al mandatario.
Por su parte, la otra miembro informante y presidenta de la Comisión de Derechos Humanos y Familia, María Angélica Torrontegui dijo que la propuesta surgió “de la empatía de dos generaciones políticas que hemos trabajando para lograr este proyecto innovador, superador y justo”.
También hablaron Diego García y Diamela Freixes.
Qué dice el proyecto
Establece que las listas de candidatos que se presenten para elecciones, deben integrarse ubicando de manera intercalada a personas de género femenino y masculino, desde el primer cargo titular hasta el último suplente, en forma indistinta.
Además, plantea que para la Cámara de Diputados deberá alternarse el orden por género en cada elección por departamento y de esa manera, que se garantice la participación a mujeres y varones.
En caso de muerte, renuncia, separación, inhabilidad o incapacidad permanente de un legislador, el cargo será cubierto por la persona de su mismo género que figure en la lista como titular.
La iniciativa, además, impulsa que si alguno de las candidatas no estuviese en el lugar que correspondiere, el Tribunal Electoral emplazará al partido o agrupación política para que proceda a su sustitución o reubicación respetando la paridad y la alternancia en el orden de prelación en el término de 48 horas de su notificación.
El género del candidato estará determinado por su DNI, independientemente de su sexo biológico.
Por su parte, las fuerzas políticas deberán garantizar la paridad en el acceso a los cargos partidarios colegiados.
A su vez, las listas de candidaturas para elecciones de legisladores, concejales y convencionales nacionales, provinciales y municipales que presenten los partidos políticos o alianzas transitorias “deben integrarse ubicando de manera intercalada a personas de género femenino y masculino”. Lo mismo para los órganos partidarios colegiados que se presenten en las elecciones elecciones,
El artículo 11, contiene la cláusula temporaria. Eso significa que para las renovaciones ordinarias parciales de los años 2021 y 2023 de diputados provinciales, las listas de postulantes que se presenten deben integrarse ubicando en su primer cargo titular a personas femeninas y a partir del segundo cargo de manera intercalada con masculinos "respetando el orden y alternancia desde el primer cargo titular hasta el último suplente".