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Proponen que no se exija el pago mínimo de Ingresos Brutos a actividades no esenciales y gastronómicos

El proyecto de ley fue presentado por la diputada Mónica Becerra.

Foto: Marcos Verdullo
Diputada Mónica Becerra del Interbloque San Luis Unido.
Actualizada: 25/11/2020 10:47
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“A los efectos de mantener las fuentes de trabajo y la base de recaudación tributaria, es necesario y urgente que se otorgue un alivio fiscal a los contribuyentes”, argumentó la legisladora del interbloque San Luis Unido-Avanzar.

La propuesta plantea la incorporación de los artículos 24 BIS y 24 TER en la Ley Impositiva Anual para el Ejercicio Fiscal 2020.

En el primer caso, establece que en virtud de la emergencia sanitaria quedarán eximidos de los aportes mínimos anuales del régimen general sobre los Ingresos Brutos, las actividades no esenciales y gastronómicos.

Además, la iniciativa impulsa que este beneficio será aplicable a partir del periodo fiscal abril 2020 y los contribuyentes quedarán excluidos como “sujetos pasibles de los regímenes de retención, percepción y/o recaudación, cuando tengan como única actividad una explotación declarada no esencial”.

El artículo 24 TER autoriza a la Dirección Provincial de Ingresos Públicos (Rentas) a establecer por resolución los requisitos, plazos y procedimientos para aplicar lo establecido en el proyecto.

La iniciativa tomó estado legislativo y está en la Comisión de Finanzas, Obras Públicas y Economía.

También se impulsan modificaciones en el artículo 24 de la Ley Impositiva.

En ese sentido, promueve que las entidades sin fines de lucro, quedarán eximidas de los importes mínimos anuales que se establecen en el artículo 206 del Código Tributario Ley N° VI-0490-2005 “únicamente por los ingresos obtenidos en cumplimiento del objeto o finalidad de bien común de la institución”. Lo mismo se replica para los microemprendimientos sociales.

Entre los fundamentos, la legisladora expuso que el aislamiento social, preventivo y obligatorio en la provincia paralizó la economía, bajando los niveles de consumo y producción “a los mínimos esenciales para abastecimiento alimenticio”.

“Ante este escenario es preciso que se adopten medidas necesarias para sostener a aquellos contribuyentes cuya actividad está a punto del cese definitivo e incentivar y promover la reapertura de los que ya cerraron sus puertas”, sostuvo.

Además, Becerra dijo que “la fuerte caída de la facturación licuó el capital de trabajo" y "a medida que el aislamiento se extiende la explotación económica se ve más afectada, retrasando la recuperación de los puestos de trabajo y la percepción tributaria”.

"El diseño del sistema fiscal no debe responder sólo a la necesidad de recaudación, sino que debe plantearse como una forma de introducir equidad y generar los incentivos adecuados para los actores económicos y los ciudadanos", manifestó.

Y agregó: "La actividad económica disminuyó significativamente e incluso desapareció en muchos sectores, por lo que la aplicabilidad de un mínimo imponible deja de ser coherente".

La diputada consideró que las actividades no esenciales obtuvieron ingresos "muy inferiores" a los normales y en muchos casos directamente no los tuvieron, por lo que exigir un importe mínimo "agrava la regresividad del impuesto y se toma confiscatorio".

Por último, señaló que en ciertos rubros como el gastronómico no se desarrolló de modo normal porque "los establecimientos permanecieron cerrados por completo en una primera etapa y luego por las restricciones se registró una reducción significativa de la cantidad de mesas disponibles".

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