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FORMOSA

La Justicia federal ordenó la libre circulación en Formosa

El gobernador Insfrán había dispuesto que las personas que ingresaran a la provincia sean trasladados a centros de aislamiento. El mandatario tiene 72 horas para presentar un protocolo y adecuarse a la medida.

El gobernador formoseño Gildo Insfrán enfrenta duras críticas por los centros de aislamiento y las embarazadas que deben esconderse de la Policía en el monte para que no les quiten a sus bebés.
Actualizada: 19/03/2021 17:50
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La jueza federal Belén López Macé ordenó la libre circulación en Formosa, tras un pedido de los senadores Luis Naidenof y Martín Hernández, contra el encierro en los centros de aislamiento. La magistrada dio 72 horas al gobierno para presentar un protocolo y adecuarse a la medida que permite el ingreso a la jurisdicción sin realizar aislamiento, excepto en aquellos casos especificados en el DNU presidencial.

En el último mes, el gobernador Gildo Insfrán había tomado la decisión de retomar la fase más restrictiva del aislamiento luego de que se detectaran 17 casos positivos en la ciudad capital, una medida que provocó la primera manifestación masiva contra el mandatario en 25 años.

López Macé hizo lugar al habeas corpus colectivo presentado por los legisladores, en el que se solicitó a la Justicia que “libere y reestablezca la libertad ambulatoria de todas las personas que se encuentran aisladas por haber ingresado a la provincia y cuentan con PCR negativo en cumplimiento a la norma federal DNU 168/21 (y que) se abstenga de aislar a las personas que ingresen al territorio provincial y no sean casos positivos de COVID-19, sospechoso y/o contactos estrechos conforme lo establece la autoridad Nacional, conforme DNU 260/20 DNU 125/21 Y DNU 168/21″.

A la vez, la magistrada requirió a la Provincia de Formosa y/o Consejo de Atención Integral de la Emergencia COVID-19, “que en un plazo de 72 horas proceda a dictar y/o adecuar su protocolo de ingreso al territorio provincial garantizando la libre circulación interjurisdiccional conforme los parámetros establecidos en el DNU Nº 168/21, en razón de los fundamentos desarrollados”.

Asimismo, determinó que en el mismo plazo, el gobierno provincial “deberá verificar en el colectivo de personas que se encuentran cumpliendo el aislamiento con motivo de su ingreso a la provincia de los supuestos del art. 3º DNU 168/21 en los términos expuestos en la presente resolución, caso contrario deberá hacer cesar el aislamiento”.

El encierro en centros de aislamiento implementados por Insfrán desataron una ola de denuncias y presentaciones judiciales. También críticas de organismos de Derechos Humanos. Lo mismo había ocurrido con los varados, un conflicto en el que tuvo que intervenir la Corte Suprema.

El fallo que ordena la libre circulación en Formosa

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