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La Corte Suprema avaló las clases presenciales en la Ciudad de Buenos Aires

Tomaron la decisión a partir del amparo de Larreta en contra del DNU que suspendió la actividad en las escuelas en el área metropolitana.

Los jueces de la Corte Lorenzetti, Highton de Nolasco, Rosenkrantz, Maqueda y Rosatti.
Actualizada: 04/05/2021 12:01
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En un fallo de alto impacto político y social la Corte Suprema de Justicia respaldó las clases presenciales en Capital Federal, decisión que anticipó TN.com.ar. La medida fue a partir del amparo presentado por el gobierno porteño en contra del Decreto de Necesidad y Urgencia (DNU) que suspendió la actividad presencial en el área metropolitana por la segunda ola de contagios de coronavirus. El planteo generó una gran discordia entre Nación y la administración de Horacio Rodríguez Larreta, que no acató la restricción en las escuelas.

Previo a la definición del máximo tribunal que se alargó y generó grandes expectativas desde el tribunal afirmaron que el fallo está “muy fundamentado”. Explicaron que contiene muchas citas de resoluciones de la propia Corte sobre el estatus jurídico de la Capital Federal y las facultades que se desprenden tanto de la Constitución Nacional como del distrito porteño.

La causa empezó el 16 de abril con la presentación del amparo ante la Corte que hizo el gobierno porteño, que pidió que declare inconstitucional el artículo 2 del DNU 241/2021 que suspendió las clases presenciales. Este decreto quedó sin efecto el 30 de abril y fue reemplazado por el 287/2021, que mantuvo la restricción en la actividad en las escuelas. Aunque en todo momento hubo clases presenciales en Capital Federal desde el 3 de mayo se dispuso un esquema “bimodal” para los estudiantes de secundaria.

Entre los argumentos que usó la administración de Rodríguez Larreta para defender la presencialidad están la consideración que el DNU “viola la autonomía de la Ciudad e implica una virtual intervención federal porque se arroga potestades sobre competencias eminentemente locales, en salud y educación”. Sostuvieron también que “está científicamente demostrado, en el ámbito internacional y local, que el grado de contagio en establecimientos escolares es mínimo”.

Los argumentos del Gobierno en contra de la presencialidad
Mientras que el Gobierno a través del procurador del Tesoro Carlos Zannini hizo una presentación ante el máximo tribunal en la que planteó que la necesidad de “proteger la vida y la salud pública”. Sostuvo que “la restricción no tiene por objeto afectar el derecho de educación, como malintencionadamente alega la actora (por la Ciudad), sino disminuir la circulación” por la segunda ola de contagios de COVID-19. Mencionó que esta acción requiere “la restricción de actividades que implican la concentración de personas” y la suspensión de las clases presenciales “por un plazo temporal”.

Acusó al gobierno porteño de tener “una mirada negacionista de la realidad y de la grave situación que representa la pandemia”. Además advirtió que la habilitación de las clases presenciales “impactaría” en el conurbano bonaerense, “aumentaría la circulación de personas entre las jurisdicciones involucradas y se incrementaría la velocidad en el crecimiento de los contagios, poniendo en riesgo la salud de la población”.

El fallo de la Corte

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(TN)

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