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Los nuevos valores para los sueldos mínimos del personal doméstico

El gobierno nacional oficializó el aumento del 42% para el personal de casas particulares. A partir de septiembre se incluirá un plus por antigüedad que ascenderá a 1% por cada año trabajado.

Las tablas de referencia fueron elaboradas por el Ministerio de Trabajo y se publicaron este viernes el Boletín Oficial.
Actualizada: 25/06/2021 08:33
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Las tablas de referencia fueron elaboradas por el Ministerio de Trabajo y se publicaron este viernes el Boletín Oficial. Las mismas corresponden a cada uno de las cuatro cuotas en las que se dividió el incremento de 42% acordado, por lo que están las que empiezan a regir desde el 1° de junio pasado, las que se aplican a partir del 1° de septiembre y el 1° de diciembre de este año, y el 1° de marzo de 2022.

Así, según informaron en el Ministerio de Trabajo, la primera categoría, correspondiente a “Supervisora”, que realiza coordinación y control de las tareas efectuadas por dos o más personas a su cargo, tiene un sueldo mínimo (a partir del 1° de este mes, en virtud de la primera de las cuatro cuotas en las que se divide el aumento y que asciende a 13%) de $31.559 (con retiro) y de $35.153 (sin retiro). El pago por hora es de $253 y $276,5, respectivamente.

La segunda categoría, que comprende a “Personal para tareas específicas”, como cocineros contratados en forma exclusiva para desempeñar dicha labor, y toda otra tarea del hogar que requiera especial idoneidad del personal para llevarla a cabo, tendrá un sueldo mínimo provisorio de $29.320 (con retiro) y de $32.638 (sin retiro). Por hora, en tanto, cobrarán $239,00 y $262,5, respectivamente.

En la tercera categoría, “Caseros”, donde se encuadra el personal que presta tareas inherentes al cuidado general y preservación de una vivienda en donde habita con motivo del contrato de trabajo, el sueldo mínimo será de $28.606 (por hora, $225,5).

Asimismo, en la cuarta categoría, “Asistencia y cuidado de personas”, que comprende la asistencia y cuidado no terapéutico, el salario mínimo provisorio es de 28.606 (con retiro) y de $31.878,5 (sin retiro). El pago por hora será de $225,5 y $253, respectivamente.

Por su parte, en la quinta categoría, “Personal para tareas generales”, que comprenden prestación de tareas de limpieza, lavado, planchado, mantenimiento, elaboración y cocción de comidas y, en general, toda otra tarea típica del hogar, el pago mensual mínimo es de $25.725 (con retiro) y de $28.606 (sin retiro). Por hora, en tanto, se pagará $209,5 y $225,5 respectivamente.

El Ministerio de Trabajo consignó, además, que el personal que efectúe tareas incluidas en más de una categoría quedará comprendido en la que resulte la principal que desempeñe con habitualidad. (EO)

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