Rechazaron la prisión domiciliaria al senador albertista Ariel Rosendo y elevaron su causa a juicio oral
La Fiscalía pidió 10 años de cárcel para el suspendido legislador rodriguezaísta de Pedernera.
La jueza de Instrucción N° 3 elevó a juicio oral el expediente en el que se investiga al senador provincial, Ariel Omar Rosendo que está acusado del delito de robo doblemente calificado por efracción o fractura y por ser en poblado y en banda, desobediencia a una orden judicial y violación de las medidas anti epidémicas en concurso ideal en el contexto de una causa por violencia de género
El dirigente fue denunciado por un hecho ocurrido el 18 de mayo del 2020 durante la cuarenta. Ese día el dirigente ingresó al domicilio de su ex pareja rompiendo las puertas de entrada y sustrajo ilegítimamente una serie de bienes muebles cuya propiedad pertenecía al organismo gremial Smata.
La Cámara Penal N° 2, integrada María Silvia del Castillo, Anibal Astudillo y Daniela Estrada, deberá previo a fijar fecha para iniciar el debate oral citar al fiscal de Cámara, al particular damnificado, al acusado y al defensor para que comparezcan a juicio, examinen los autos, documentos y cosas secuestradas, ofrezcan la prueba que producirán, e interpongan las recusaciones que estimen pertinentes.
Rosendo está acusado como co-autor del delito de robo doblemente calificado por efracción o fractura y por ser en poblado y en banda (artículo 167 inciso 2º y 3° con relación al artículo 45 del Código Penal; desobediencia a una orden judicial (artículo 239 del Código Penal) y violación de las medidas anti epidémicas (artículo 205 del Código Penal.); todo ello en concurso ideal (artículo 55 del Código Penal).
La fiscal Daniela Torres solicitó se condene a Rosendo a la pena de 10 años de prisión considerando como atenuantes la falta de antecedentes penales y como agravantes, entre otros, su cargo como senador que, desde el punto de vista de la funcionaria, “denota un deber”.
No a la prisión domiciliaria
Mediante una resolución firmada el lunes 23, la jueza Ucelay rechazó un pedido de prisión domiciliaria efectuado por la defensa de ArielRosendo. Asimismo, la magistrada ordenó notificar al Servicio Penitenciario Provincial a fin de que arbitren las medidas necesarias para el debido control y cuidado de la salud física y psíquica del imputado.
Al resolver, la juez estimó que “frente a la gravedad de los episodios imputados al causante y la posibilidad concreta de que se pueda influenciar a las víctimas y testigos, cuyo testimonio en juicio resulta relevante (…), la defensa no aportó garantías suficientes de forma tal de poder suponer que no los amedrentara”.
En ese mismo sentido, afirmó que el Estado “tiene la obligación de preservar la integridad física y psíquica de las víctimas de acuerdo a lo previsto en la ley de derechos y garantías de las personas víctimas de delitos (ley 27.372)”.