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SISTEMA DE VACUNACIÓN

Denunciaron al gobernador Rodríguez Saá por violación a la ley de Protección de Datos Personales

La presentación pide que se investigue el uso de la base de datos del plan de vacunación para pedir que voten al Frente kirchnerista “Fuerza San Luis”.

Alberto Rodríguez Saá.
Actualizada: 07/09/2021 14:33
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Este martes el dirigente y abogado Ricardo Bazla denunció penalmente al gobernador Alberto Rodríguez Saá por la posible comisión de los delitos de peculado y violación de la ley de Protección de Datos Personales basado en los artículos 262 y 157 bis del Código Penal.

En ese sentido, requirió a la Justicia y se solicita que se le aplique “el máximo de la pena prevista en el ordenamiento jurídico vigente que deliberadamente ha sido violado por el primer mandatario provincial”.

Este lunes por la tarde miles de sanluiseños recibieron mensajes con la firma de Rodríguez Saá que invitaba a leer una carta y en el texto se pedía que votaran a los candidatos del Frente kirchnerista “Fuerza San Luis”.

Es que el Gobierno hizo uso de la base de datos del plan de vacunación de coronavirus. La particularidad es que ese mismo número se utilizó el pasado 16 de junio para solicitar información por Guadalupe.

En ese sentido, Bazla consideró que Rodríguez Saá “despliega una concreta campaña política partidaria” a favor de los postulantes a ocupar una banda en la Cámara Baja de la Nación.

“Curiosamente, el nombre de la alianza lleva la consigna con que el propio gobernador se distinguió durante los peores momentos de la pandemia y cuarentena provocada por el covid, pero lo más llamativa es la utilización del mismo número desde el cual se enviaron otros miles de mensajes informando sobre la búsqueda de la menor”, sostuvo en el texto.

En la denuncia, solicita también que el juez, en quien recaiga la causa, ordene investigar la “verosimilitud de la utilización de la base de datos del plan de vacunación que se realiza con motivo de coronavirus”.

Y agregó: “Es una mera coincidencia del destino que las mismas personas que integran el Comité forman parte de la lista promocionada por Rodríguez Saá, cuya erogación no parece haber sido solventada económicamente por la alianza partidaria, sino que, a más de la utilización de la base de datos protegidos por la legislación puntana, se hizo uso la misma fuente comunicacional que el lamentable caso Guadalupe”.

En el escrito, el dirigente citó a la página del Sistema Argentino de Información Jurídica (SAIJ) del ministerio de Justicia y Derechos Humanos de la Nación en donde manifiesta que el delito de peculado para su configuración “sólo reclama que el funcionario público comprometa los bienes confiados a su gestión y que los extraiga de la esfera de custodia de carácter público con perjuicio para el bien jurídico institucional”.

“Atento a los reiterados y denunciados hechos de corrupción que caracterizan al gobierno de Rodríguez Saá y a su incalculable fortuna personal, no caben dudas de que estamos frente a un deliberado funcionario infiel a la protección de los bienes de todos y al erario público provincial”, señaló Bazla.

La presentación ingresó por la Oficina de Recepción de Denuncias del Poder Judicial y entenderá el juzgado Penal Nº Juan Manuel Montiveros Chada. La fiscal es Eugenia Zabala Chacur.

Y apuntó: “El gobernador no ha guardado reparo alguno en la utilización de la base de datos del Comité para dirigir sus mensajes políticos partidarios, a las mismas personas a las que alertaba sobre la desaparición de la pequeña”.

Bazla también marcó una contradicción porque cuando se pidió información sobre el listado del personal estratégico que "saltó la fila" para ser inoculado se amparó en la Ley 25326 pero “cuando se encuentra en la necesidad de publicitar a sus precandidatos, no vacila en violar la propia norma que anteriormente pusieron como excusa”.

Sanciones penales

Bazla expuso que según el artículo 117 bis del Código Penal la pena va de un mes a dos años de prisión al que aporte datos falsos en un archivo de datos personales y de seis meses a tres años por brindar a un tercero información falsa.

Sin embargo, en el caso que el responsable sea funcionario será inhabilitado para ejercer cargos públicos por el doble del tiempo que el de la condena.

Por otra parte, de acuerdo al artículo 157 bis del Código, tendrá una pena de un mes a dos años el que “ilegítimamente o violando sistemas de confidencialidad y seguridad de datos, accediere, de cualquier forma, a un banco de datos”.

Si resulta ser funcionario, no podrá trabajar en cargos públicos por uno a cuatro años.

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