VILLA MERCEDES
Condenaron a 15 años de prisión al joven que apuñaló a otro cuando celebraban el Día del Amigo
La Cámara Penal N°1 de Villa Mercedes encontró culpable a César Liendo por el delito de homicidio simple.
Este jueves, el tribunal conformado por Sebastián Cadelago Filippi, Virna Eguinoa y Sandra Ehrlich escuchó los alegatos y luego dio lectura al veredicto, comunicó el área de prensa del Poder Judicial.
El juicio había comenzado a principios de este mes.
César "el Oso" Liendo, el único detenido por el crimen de Franco La Torre la madrugada del 21 de julio del año pasado, fue condenado hoy a 15 años de prisión por el delito de homicidio simple.
El primer alegato lo dieron los abogados del particular damnificado, Bautista Rivadera y Gastón Yllera quienes habían solicitado un cambio en la calificación legal (de homicidio simple a homicidio calificado por alevosía), y también que la pena fuera por prisión perpetua. Familiares de La Torre se movilizaron este martes por las calles de Villa Mercedes y reclamaron por lo mismo.
Los profesionales expresaron que el acusado tuvo “una intención manifiesta de matar” a La Torre. Resaltaron que lo asesinaron “a traición, por la espalda y con alevosía”.
Rivadera expresó que Franco no pudo defenderse. Y que la conducta del imputado no fue en legítima defensa y que estaba en pleno uso de sus facultades mentales: “Tuvo la precisión de atacar”.
Yllera mencionó que los testimonios permiten tener claridad de que Liendo sabía lo que estaba haciendo: “Tomó el arma homicida y lo atacó por la espalda, a traición”.
“Franco no pudo defenderse”, sostuvo, y agregó que tampoco “podrá ver a sus hijos crecer.
Por su parte, el fiscal de Cámara, Ernesto Lutens consideró entre otras cosas que la responsabilidad “está acreditada” y que “hubo golpes y el uso de un cuchillo”.
En cuanto a la materialidad y autoría, el fiscal manifestó que está claro que el acusado fue el autor del homicidio. Y descartó la posibilidad de que haya sido otra persona la responsable de apuñalar a Franco.
Por otro lado, expresó que no hay causal de inimputabilidad que pueda ser argumentada por la defensa y que existieron golpes certeros; por lo cual “de ninguna manera puede argumentarse que la conducta fue justificada”.
“No existió legítima defensa ni exceso en la misma” agregó.
Mencionó que la declaración indagatoria de instrucción fue confusa.
En cuanto a la alevosía, discrepó con la querella. Expresó que la alevosía implica otro tipo de análisis, “si bien fue un homicidio grave surgen dudas de que haya sido con alevosía”.
Aseguró que la autoría está acreditada, como atenuantes tuvo en cuenta la falta de antecedentes penales, como agravantes: el hecho de haber sido amigo de la víctima, el despliegue de violencia física cuando la víctima no podía defenderse, la magnitud del daño causado “el imputado dejo sin padre a dos chicos”, dijo.
Solicitó al tribunal la pena de 15 años de prisión por ser autor material del delito de homicidio simple, un hecho.
Por último, fue la oportunidad de la defensa del acusado, Víctor Endeiza. Comenzó manifestando que hubo consideraciones injustificadas y que han expresado cuestiones ajenas a la prueba y a lo que se ha producido en el debate.
“Esas aseveraciones de ataque a traición no han sido demostradas ni surgen de las pruebas traídas a debate, hay una contradicción en ese punto” expresó el defensor de Cámara.
Agregó que su defendido llegó corriendo a defender a su hermano que en ese momento era atacado por la víctima y otra persona: “El accionar de mi defendido es clarísimo, se dan los requisitos de un obrar lícito”.
Destacó que hubo falta de provocación y que no se puede hablar de alevosía. Consideró que son muy claras las circunstancias en la cuales el acusado llega a la escena.
También se refirió al informe médico forense y a la declaración de la médica quien indicó como entró el cuchillo al cuerpo, no así la posición de las personas.
Manifestó que deben situarse en el contexto sociocultural, el lugar donde se produjo el hecho y el grado de violencia.
Por ende el defensor solicitó que se aplique la figura de legítima defensa o subsidiariamente como exceso en legítima defensa.
Después de un cuarto intermedio los jueces comunicaron la sentencia de 15 años de prisión para Liendo, quien en la noche que se celebraba el Día del Amigo, mató a puñaladas a La Torre, en su casa del Barrio 70 Viviendas.