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Advierten que la Fiesta de la Calle Angosta no respeta una ley

El Tribunal de Contralor notificó al intendente Maximiliano Frontera que el festival no respeta la ley de cupo femenino en la grilla de artistas. La omisión implicará una denuncia al jefe comunal ante el Concejo Deliberante.

Imagen web
Intendente Maximiliano Frontera.
Actualizada: 19/01/2022 14:53
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El auditor, Ricardo Bazla informó que el cuerpo emitió una resolución para advertir del incumplimiento del Gobierno municipal de la Ley N° 27.539 a la que ha adherido la provincia de San Luis mediante la Ley N° 1025.

“No se respeta el cupo femenino en la grilla de artistas que subirán al escenario Alfonso y Zavala. Una vez más, el régimen provincial dice una cosa y hace todo lo contrario. Hace poco tiempo, por iniciativa de la diputada ultraalbertista Anabela Lucero, la provincia adhirió a la legislación nacional que establece un mínimo del treinta por ciento de mujeres en las actuaciones. Sin embargo, Frontera se olvidó de la norma y sólo contrató al 11,8 por ciento de mujeres para que actúen en Villa Mercedes”, señaló el auditor.

Bazla manifestó que “lamentablemente no es raro que Frontera quiera hacer las leyes a su medida, pero sigue equivocado”.

“El Tribunal le ha advertido el daño que provocará tanto a las artistas no contratadas como a la propia municipalidad, porque la ley prevé una sanción económica que deberemos pagar los mercedinos en concepto de multa, equivalente al seis por ciento de todo lo que se recaude en las tres noches del festival”, explicó el funcionario.

Y agregó: “Este despropósito legal obliga al Tribunal de Contralor a denunciar al intendente ante el Concejo Deliberante, porque existe una clara responsabilidad funcional que se transforma en responsabilidad personal. Él debe conocer la ley y la debe aplicar, sin embargo, no lo ha hecho y la ciudad deberá pagar cifras millonarias por el olvido de Frontera. Entonces si el daño se provoca por responsabilidad del funcionario, debe ser el funcionario quien restituya ese dinero al municipio”.

 

 

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