Caso Leandro Bustos: condenan a dos expolicías por lesiones y abuso de autoridad
Matías Balada fue sentenciado a 12 años de cárcel por ser el autor del hecho y Jorge Chavero a 4, por considerarlo partícipe necesario.
Los expolicías Matías Fernando Balada y Jorge Alejandro Chavero fueron condenados hoy a 12 años y 4 años de prisión respectivamente, por ser culpables del delito de lesiones gravísimas agravadas por ser miembros de la fuerza de seguridad en abuso de sus funciones y por el uso de arma de fuego, en perjuicio de Leandro Bustos, quién recibió un disparo de escopeta antidisturbios en su rostro y días después falleció.
El tribunal integrado por Hugo Saa Petrino, Fernando Viana y Adriana Lucero Alfonso consideró a Balada como autor del hecho y a Chavero como partícipe necesario, informó la oficina de prensa.
La víctima tenía 27 años. El hecho ocurrió en la madrugada del 28 octubre de 2013 en el barrio Jardín del Sur. Bustos recibió un disparo de escopeta Remington calibre 12 que lo dejó ciego y con varias lesiones. Un mes después, el 29 de noviembre, murió en el Hospital Nacional de Clínicas, de Córdoba.
En la última audiencia del juicio, Balada declaró ante los integrantes de la Cámara Penal Nº 2 y reveló que había sido él el que efectuó el disparo de la escopeta pero que lo hizo hacia abajo y que nunca se imaginó el daño que causaría.
El fiscal de Cámara Fernando Rodríguez había pedido 17 años de prisión, dos años más que la solicitada por fiscalía de Instrucción. Para el funcionario, los imputados idearon un plan.
“El disparo fue contra la humanidad de Leandro Bustos. Acá hubo un plan por que fue justo a ese auto al que buscaron y después fueron a la casa del padre. Hubo un plan de seguirlos. Los dos tenían el dominio del hecho. Se bajan los dos, interpelan los dos, vuelven a la camioneta, retiran la escopeta, disparan y se van. Virtualmente se dan a la fuga y en el marco de ese plan vuelven para ver que pasó y ya no los atiende nadie. Chavero se hace cargo como parte del acuerdo y buscaron taparse entre ellos”, dijo Rodríguez en un tramo de su alegato.
Como agravantes, el fiscal mencionó la nocturnidad del hecho, la indefensión de la víctima, que se produjo dentro del domicilio privado, las circunstancias de tiempo, modo y lugar y la extensión del daño causado.
El defensor Oficial, Víctor Endeiza, abogado de Chavero, pidió la absolución. “El fiscal de Cámara habló de un plan pero no lo menciona y esto es así porque no figura en ninguna declaración de que haya existido ese plan de ambos. Chavero actuó mal cubriendo a su compañero pero eso no lo hace autor de ningún plan ni nada. No fue él el que causó el daño y la muerte. Nada le va a devolver la vida a Leandro pero peor es que pague un inocente, quien no cometió las lesiones y no hizo ni pudo hacer nada”, argumentó.
Para cerrar su alegato, Endeiza dijo que no hubo dos responsables. “Es una tremenda injusticia condenar a Chavero por las graves lesiones a Leandro con las consecuencias trágicas que tuvo. No fue él el que lo hizo, por eso solicito que se lo absuelva”.
Por su parte, el defensor Oficial, Esteban Sala, quien representaba a Balada, pidió que se encuadre la conducta “como lesiones culposas dentro del artículo Nº 44 y subsidiariamente en el caso que así no sea, que en la pena a dictarse se respeten los principios de culpabilidad y que no concurren agravantes”.