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Absolvieron por el beneficio de la duda a un acusado de tentativa de homicidio

Carlos Alberto Torres estaba imputado del delito de tentativa de homicidio en perjuicio de Néstor Britos. Ambas son vecinos del barrio La República y el hecho que se investigó en el juicio ocurrió en 2020.

foto prensa judicial
El debate se desarrolló bajo la figura de un juez unipersonal.
Actualizada: 24/04/2022 21:09
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Carlos Alberto Torres llegó al juicio acusado de herir en el tórax con un revólver a Néstor Britos, de 28 años. Según la denuncia, la víctima fue baleada durante un disturbio pasadas las 23 el 26 de junio de 2020, frente a la vivienda del acusado.

Este viernes, antes de producirse los alegatos y el posterior veredicto, Britos hizo su declaración ante el juez y dijo que vio a Torres en la ventana pero que el disparo había salido de atrás de esa casa y que no pudo precisar quién había sido.

El debate se desarrolló bajo la figura de un juez unipersonal y estuvo a cargo de Fernando de Viana, quién luego de leer el veredicto explicó los fundamentos de su decisión, informó la oficina de prensa judicial.

“No está acreditada la autoría del hecho que se le imputa. Está clarísimo que hubo una disputa de vieja data entre los grupos familiares, que esa noche se produjeron disturbios, que intervinieron más de tres personas, que hubo una provocación, lanzamiento de ladrillos y piedras, pero no está acreditado ni tampoco se pudo obtener a través de la investigación el secuestro de un arma; no hay otra prueba con el carácter directo como una prueba de parafina que pueda involucrar el uso de un arma de fuego por parte de  Torres”, explicó el juez.

Y además mencionó la inconsistencia de los testimonios de dos testigos. “Ambos fueron contestes en decir que no conocían de armas de fuego pero sí pudieron determinar que era un arma de calibre 22 nada más por haber escuchado los disparos, circunstancias que hacen pensar claramente que ese dato fue aportado con posterioridad en el transcurso de los días sucesivos pero no porque hayan tenido un conocimiento directo sobre que Torres haya manipulado el arma y disparado contra Britos”.

Para finalizar, De Viana dijo que cobró especial interés lo expresado por la víctima “quién manifestó que ese día habían estado tomando y que armaron lío, que lo ve a Torres en la ventana no pudiendo dar otra descripción, pero que él mismo pudo advertir que el disparo se produjo de atrás de la casa. Situación que pone en tela de juicio, más la ausencia de todos los otros elementos que pudieran determinar la posesión de un arma; obligan a concluir en este sentido y dictar la absolución por el beneficio de la duda en favor de Torres”.

En su alegato, el fiscal Fernando Rodríguez había solicitado que el imputado fuera condenado a siete años y seis meses de prisión. Se apoyó en los testimonios de dos testigos y en los informes médicos. El abogado del imputado, Héctor Agüero, dijo que su defendido era inocente y que los testimonios escuchados no pudieron precisar ni cómo vestía Torres.

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