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Pidieron explicaciones al intendente Frontera por la cartelería pública

El bloque de concejales del Frente Unidos por San Luis presentó un pedido de informes sobre si se trata de una adquisición del municipio o la concesión del espacio a una empresa publicitaria.

Actualizada: 06/06/2022 22:40
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Concejales de Unidos por San Luis solicitaron al intendente Maximiliano Frontera que brinde explicaciones sobre la cartelería instalada en una plazoleta ubicada en la intersección de las avenidas Mitre y Origone de la ciudad de Villa Mercedes.

Los legisladores manifestaron que los avisos, en donde se lo ve al jefe comunal con los eslóganes "construyamos Villa Mercedes" y "hagamos Villa Mercedes", son “contaminantes visuales” que “estropea el paisaje urbano y disminuye la calidad de vida de los ciudadanos”.

El proyecto lleva la firma de los concejales Cecilia Lucero, Gabriela López, Hugo “Pipo” Rossi y Federico Fonzar.

Para la redacción del proyecto de comunicación, se basaron en la ordenanza que regula la actividad en la vía pública para el centro comercial, ejes y centros barriales a cielo abierto de la ciudad que rige tanto para el ámbito privado como público.

En ese sentido, expusieron que el artículo 5° establece que ningún aviso "puede contaminar el entorno, afectar estéticamente el paisaje, desdibujar los lineamientos arquitectónicos de las construcciones, impedir el desplazamiento de peatones o vehículos ni implicar riesgo alguno para su seguridad".

Además, en el artículo 58, plantea que los anuncios "no podrán distraer o dificultar la atención de los conductores respecto del manejo de los vehículos, obstruir señales de tránsito o usar formas o colores propios de la señalización vial”.

A continuación, los puntos del pedido de informe:

– Colocación de cartelería publicitaria en forma de tótem metálico con marquesinas/soportes de tres caras en la parte superior del mismo en la plazoleta ubicada en la intersección de avenidas Mitre y Origone, sector noreste.

– Informe sobre si se trata de una adquisición del municipio o la concesión del espacio a una empresa publicitaria.

– En caso de tratarse de una adquisición se informe costo y se adjunte copia de toda la documental respaldatoria de la operación y de los expedientes correspondientes y si la misma se efectuó por compra directa, concurso o licitación, con la correspondiente documentación.

– Informe detallado de la empresa que instaló la estructura, razón social, propietarios, antecedentes, domicilios, inscripciones impositivas nacionales, provinciales, municipales.

– Si obra informe legal-técnico, de seguridad e impacto ambiental y en caso afirmativo se ponga en conocimiento del cuerpo.

– Si está en ejecución o previsto instalar en otros sitios de la ciudad cartelería publicitaria aérea, debiendo indicarse cantidad, tipo, medidas y lugares exactos de ubicación.

– Si de acuerdo a lo prescripto en la Ley 26.061 de Protección Integral de los Derechos de las Niñas, Niños y Adolescentes en su artículo 22° derecho a la dignidad, el Ejecutivo municipal cuenta con los permisos formales correspondientes que exige la mencionada norma con respecto a la exhibición de sus imágenes.

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