Confirmaron la prisión preventiva del ex senador Ariel Rosendo
Este miércoles se realizó una audiencia donde fue rechazado el pedido de revisión de la medida que efectuó la defensa.
En la mañana de este miércoles se desarrolló una audiencia en el Tribunal de Impugnación de la Segunda y Tercera Circunscripción Judicial, en el marco de la causa que tiene como imputado a Ariel Rosendo. El ex legislador está preso por el delito de robo doblemente calificado por efracción o fractura y por ser en poblado y en banda, desobediencia a una orden judicial y violación de las medidas anti epidémicas en concurso ideal.
Los hechos sucedieron el 18 de mayo de 2020 durante el aislamiento social preventivo y obligatorio. Rosendo habría ingresado de manera violenta al domicilio de su ex esposa rompiendo las puertas de ingreso a la morada y sustrayendo ilegítimamente una serie de bienes muebles que eran propiedad del organismo gremial SMATA.
El 8 de septiembre de 2020, el por entonces juez de Instrucción Nº 2 de la Segunda Circunscripción Judicial, Leandro Estrada ordenó el procesamiento y encarcelamiento preventivo del acusado.
La audiencia de hoy tuvo como fin resolver el pedido de revisión de medida de coerción formulado por la defensa del imputado, Marcos Juárez y Ramiro Rubio.
El tribunal integrado por Hernán Herrera, Virna Eguinoa y Sebastián Cadelago Filippi escuchó los fundamentos de la defensa, de la querella y de la representante del Ministerio Público Fiscal.
En primer lugar, Juárez dijo al tribunal que la prisión preventiva luce desproporcionada e injustificada y aseguró que “la libertad ha sido sistemáticamente denegada en todos los niveles de la justicia siempre bajo las mismas premisas”.
A continuación, Daniela Torres informó que el auto de procesamiento dictado por Estrada está firme y consentido. Explicó que existiría riesgo de fuga en caso de que se revocara la prisión preventiva, y que el imputado ocultó evidencias y proporcionó información falsa.
Luego, Omar Uría y Guillermo Alfredo Gatica, en representación de SMATA, aseguraron que la actitud del imputado fue una demostración de un total menos precio al orden jurídico y social. “Creemos seriamente que no se debe conceder este beneficio”, manifestaron en cuanto al pedido de la defensa.
Finalmente, Leticia Latini, representante de la particular damnificada, aseguró que deben protegerse los derechos de la víctima, quien tiene el derecho de acceder a un proceso justo.
Mientras que el imputado, quien siguió la audiencia desde el Servicio Penitenciario Provincial a través del sistema Cisco Webex, dijo al tribunal: “Siempre me manejé por derecho. Fui y voy a ser muy respetuoso de las decisiones”.
La resolución
Finalmente, luego de escuchar a las partes y tras un cuarto intermedio, Herrera dio a conocer la resolución: confirmar la medida de coerción dictada oportunamente por Estrada por un plazo acotado de 2 meses a partir del día de la fecha.
Previo el tribunal explicó algunas de las consideraciones sostenidas: entre ellas, la pronta fecha de inicio del debate oral.
“Entendemos que, en el caso, la prisión preventiva debe prorrogarse por un plazo acotado de dos meses a partir del día de la fecha entendiendo que dicho plazo se ajustaría a la normativa vigente en nuestra provincia”, dijo Herrera.
Aseguró que el tribunal entendió que existen evidencias sólidas para tener por acreditado el hecho investigado y mencionó: “Conforme los argumentos vertidos este hecho se encuentra enmarcado en un contexto de violencia de género: económica y psicológica”.
En ese sentido remarcó que el tribunal tiene “la obligación de resolver con perspectiva de género”.
Mencionó que en la causa existen ciertos riesgos reales, en cuanto al peligro de fuga del imputado y de entorpecimiento de la investigación y también destacó lo previsto en el artículo 205 del nuevo código procesal penal de San Luis, que busca preservar la integridad de la víctima o de su familia.