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Absolvieron al policía que le disparó a Chano Charpentier

Se trata de Facundo Amendolara, quien le disparó al cantante cuando se le acercó con un cuchillo en mano luego de una crisis por el consumo de drogas. Para la Justicia actuó en legítima defensa.

Para el juez, el policía actuó “bajo una agresión” y lo hizo de forma “racional”.
Actualizada: 17/10/2022 16:08
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El policía Facundo Amendolara fue sobreseído en la causa donde era investigado por lesiones agravadas por el uso de arma de fuego, luego de haberle disparado al músico Santiago “Chano” Charpentier.

La decisión la tomó el juez de garantías de Zárate, Julio Grassi, al considerar que actuó en legítima defensa por la proximidad de Chano en aquella ocasión cuando se le acercó portando un cuchillo en mano.

Los hechos ocurrieron en la madrugada del 26 de junio de 21 en Exaltación de la Cruz, donde los padres del músico primero llamaron a personal médico y luego a la Policía porque el músico se negaba a ser internado en un cuadro problemático de consumo de drogas, y estaba violento.

Aquella madrugada, el artista sufrió “un cuadro psicótico por el posible consumo de sustancias psicoactivas, con un estado de excitación psicomotriz”.

Según los testimonios, Chano Charpentier se le acercó a los tres policías que habían acudido al lugar portando un cuchillo y amenazando con una agresión, momento en el cual quedó frente a Amendolara.

Un informe de un perito de parte determinó que de acuerdo al grado de partículas de pólvora examinadas en las prendas del músico, eran de entre 0.5 y 5 micrones.

“El disparo habría ocurrido al aire libre, donde el viento tiene un rol importante en la deriva de estos minúsculos corpúsculos, sumado al hecho de la deficiente labor de preservación a las que fueron sometidas las prendas, puede determinarse que la distancia de disparo no pudo ser mucho mayor a los 50 centímetros, dado que el tamaño microscópico de las partículas de pólvoras disminuye de manera fundamental sus posibilidades de aposentamiento en las prendas a una distancia mayor al medio metro. Se puede determinar que, necesariamente, la distancia del disparo no fue menor a los 50 centímetros y ni mayor a los 90 cms. entre la boca de fuego y el plano de impacto”, según la conclusión.

Por ello el juez valoró que “las conclusiones del perito de parte resultan atinentes y ajustadas a las constancias de la causa”.

También en base a la prueba testimonial de quienes “depusieran bajo juramento de decir verdad y que refirieran haber presenciado y apreciado sensorialmente el instante en que se efectuara el disparo que hiriera a Santiago Moreno Charpentier, afirmaron que el nombrado se dirigía de manera agresiva hacia la persona de Facundo Nahuel Amendolara blandiendo un arma blanca de tipo cuchillo con inequívocas intenciones de atacarlo y que fue en dichas circunstancias que el numerario Amendolara efectuó el disparo con su arma reglamentaria”.

Para el juez, el policía actuó “bajo una agresión” y lo hizo de forma “racional”. De esta manera, fue sobreseído por el delito de “lesiones gravísimas agravadas por el uso de arma de fuego cometidas en exceso de sus funciones de numerario de la Policía”. (NA)

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