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La Cámara de Casación revisará el procesamiento contra Cristina Kirchner por los vuelos a Santa Cruz

Está acusada de "peculado" por presunta utilización de aviones oficiales para enviar muebles a sus hoteles en El Calafate.

Cristina Kirchner.
Actualizada: 01/11/2022 16:54
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La Cámara Federal porteña hizo lugar a un recurso de la vicepresidenta, Cristina Fernández de Kirchner en una causa en la que está procesada por el presunto delito de “peculado” por la utilización de aviones de la flota presidencial para trasladar muebles para los hoteles familiares en El Calafate.

Los jueces Pablo Bertuzzi y Leopoldo Bruglia con sus mismos fundamentos  y Mariano Llorens, con los suyos, admitieron la apelación y la causa pasará ahora a la Cámara Federal de Casación Penal para su revisión.

La vicepresidenta está procesada por una figura que contempla penas de hasta diez años de prisión por  la supuesta utilización “en provecho propio un servicio pagado por la administración pública".

Se trata del fallo en el que en setiembre pasado el camarista Llorens incluso propuso que la confirmación del procesamiento fuera notificada al Senado para que avanzara con el desafuero de Cristina Kirchner con miras a una eventual detención.

Bruglia y Bertuzzi consideraron que la defensa de la vicepresidenta “ha expuesto acertadamente los motivos por los cuales ese resolutorio, no definitivo en la noción del legislador, debe comprenderse como de naturaleza equiparable” y en consecuencia, pasar en revisión a Casación.

“La alegada violación de garantías constitucionales y los perjuicios de imposible o tardía reparación ulterior que es capaz de conllevar la postergación de su tratamiento exige, para el caso, que su atención eluda los estrictos alcances a los que refieren la norma”, sostuvieron.

Por su parte, el camarista Llorens aprovechó su voto para denostar a la defensa de Cristina Kirchner: “El remedio presenta una argumentación pobre, deslucida y confunde los agravios del recurso de casación con los propios de un recurso de apelación remite al estudio de cuestiones de hecho y prueba que, por su naturaleza, son ajenas a esta vía recursiva”.

Sin embargo, “en este caso particular, atento a la invocada al derecho de defensa de raigambre constitucional, excepcionalmente, puede considerarse que el requisito de impugnabilidad objetiva se encuentra satisfecho en el entendimiento de que uno no debe ser juez de sus propias sentencias”, aceptó.

La revisión del procesamiento aleja momentáneamente a la vicepresidenta de un nuevo juicio oral y público.

Según el procesamiento ahora en revisión, “tanto ella, como su familia, eran los beneficiarios directos de la utilización de los servicios pagados con el presupuesto nacional".

La vicepresidenta, cuando ejercía la primera magistratura, “utilizó el avión Tango 01 en varias oportunidades para transportar muebles, ropa de blanco y otro tipo de enseres, que no tenían una utilidad relacionada con la función pública que desempeñaba”. (NA)

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