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Siete años después, un crimen que sigue impune y el mismo interrogante: ¿Quién mató a Romina Aguilar?

Pese al paso del tiempo y a que hubo un juicio por el asesinato, no hay detenidos por el hecho.

Romina Aguilar tenía 32 años cuando fue asesinada.

por Antonella Camargo

elchorrillero.com

Actualizada: 29/01/2023 23:38

Siete años pasaron desde que Romina Celeste Aguilar de 32 años, fue asesinada. Fue el 30 de enero de 2016 cuando salía de su casa a buscar a Adriana Collado para viajar a La Calera, donde ambas cursaban sus estudios secundarios en el Plan de Inclusión Educativa. El plan se frustró y en la puerta de su casa recibió dos disparos a sangre fría que le quitaron la vida. Agonizó durante unos minutos y murió en el lugar. Nada se podía hacer.

Hubo una sola testigo, Eugenia Núñez, la vecina del frente de la vivienda, en el barrio Faecap, que divisó a dos hombres. El autor material y otro que lo esperaba en una motocicleta. Fue la única certeza que orientó la investigación desde un primer momento, y la que llevó a la detención de tres personas, Edivaldo de Oliveira Pereira, Cristian Leandro Vílchez y el viudo, Diego Hernán Lorenzetti.

Siete años después, no hay detenidos por el homicidio. Existe un juicio anulado y una determinación que está en manos de la Corte Suprema de Justicia de la Nación. Romina fue víctima dos veces, de los dos asesinos y de la Justicia.

Entre febrero y marzo de 2016 se concretaron las tres detenciones. La hipótesis que las originó que fue Lorenzetti había encargado el crimen de su esposa a los otros implicados, y que para eso había prometido una importante suma de dinero.

Fue el “brasilero” de Oliveira Pereira quien se autoincriminó y dio esa versión a la Justicia. Pero el entonces intendente de La Calera y el “bocón” Vílchez, negaron su participación en el hecho.

El tiempo transcurrió, con críticas por las demoras en la causa y en diciembre de 2019 comenzó el juicio en contra de los tres imputados. El proceso oral se llevó adelante a lo largo de ocho meses, con interrupciones por la feria judicial y la pandemia por Coronavirus.

Por los tribunales desfilaron más de 20 testigos distribuidos en 20 audiencias. Así, declararon vecinos del lugar del hecho, allegados a los acusados y la víctima, familiares, policías, médicos y peritos.

Qué dijeron los implicados

El viudo declaró en varias ocasiones. Había anticipado que lo haría cada vez que fuera necesario para aclarar las manifestaciones de otros testigos.

Diego Lorenzetti.

“Soy inocente. Jamás se me ocurría matar a nadie y menos a la madre de mi hijo, el sostén mío en las buenas y en las malas”, fueron las primeras palabras de Lorenzetti. Aseguró que al momento de la muerte se habían “reencontrado como pareja” y se irían de vacaciones. Reconoció que había tenido una relación paralela con una joven de Nogolí.

Sobre Vílchez, precisó que recién lo conoció dentro de la Penitenciaría, mientras que con de Oliveira Pereira tenía un vínculo laboral porque era el jockey de sus caballos.

La segunda vez que habló apuntó al accionar de la Policía y a efectivos de la División Homicidios. En la tercera, habló de tortura psicológica y de todo lo que implicó perder a su esposa, estar detenido y lejos de su hijo Hernán.

De Oliveira Pereira también hizo alusión a las fuerzas de seguridad y a la Justicia. Afirmó que efectivos lo “secuestraron”, lo golpearon y lo instaron a que responsabilizara a Lorenzetti y Vílchez.

Edivaldo de Oliveira Pereira.

“Decían que no me querían a mí, sino al `Boconeta´ y a Lorenzetti (…) Casi me mataron a palo. Ellos sabían todo, pero yo no nada. Tenía que firmar la declaración. Si no me iban a matar a mí y mi hija”, describió.

Denuncio que la entonces jueza, Virginia Palacios, la fiscal de Juicio, Carolina Monte Riso e integrantes de Homicidios fueron quienes relataron la declaración donde se autoincriminaba por el hecho.

Vílchez dijo que el día de la muerte estaba en su casa junto a su pareja, que se levantaron temprano y fueron a El Trapiche. Transmitió un vínculo con el brasilero porque le vendía droga. Respecto a Lorenzetti dijo conocerlo en la cárcel. Reconoció haber delinquido, pero negó matar a alguien. Descartó haber estado prófugo e indicó que se escondió porque no quería ir preso por algo que no cometió.

Leandro Vílchez.

El veredicto

El viernes 17 de julio de 2020 fue la última audiencia del debate oral, donde las partes tuvieron la posibilidad de alegar. Y después de eso el Tribunal integrado por José Luis Flores, Jorge Sabaini Zapata y Silvia Aizpeolea dio su resolución.

La fiscal Monte Riso expuso a lo largo de más de dos horas los motivos y fundamentos por los cuales pediría la prisión perpetua para los tres implicados

La defensa de Lorenzetti, a cargo de Marcos Juárez y Natalia Sarmiento pidieron la absolución bajo el fundamento de que “si no hay prueba de pacto, jamás existió”.

Jorge Sosa representó a Vílchez e hizo el mismo requerimiento. Hizo hincapié en la importancia de contar con “certezas” a la hora de emitir un veredicto y resaltó que el “bocón” no estuvo en la escena del crimen.

Los imputados siguieron la última etapa del juicio de forma virtual.

Olga Allende e Iván Coria también sostuvieron la inocencia del “brasilero”. “La persona que se autoincrimina lo hace cuando hay un peligro de muerte”, argumentaron sobre la declaración del acusado.

Cuatro años y medio después del asesinato, la Justicia resolvió absolver al viudo por el beneficio de la duda y condenar a Vílchez y de Oliveira Pereira a la pena de 22 años de prisión por ser coautores materiales y responsables penalmente, del delito de homicidio simple agravado por el uso de arma de fuego, previsto en los artículos 79 y 49 bis, en relación del artículo 45 del Código Penal.

La anulación del juicio

La fiscalía y las defensas de los dos condenados hicieron apelaciones a la sentencia. El primero principalmente se opuso a la absolución de Lorenzetti, mientras que los demás a la pena impuesta a los otros dos.

En octubre del año siguiente, el Superior Tribunal de Justicia declaró la nulidad de la sentencia que absolvió a Lorenzetti y condenó a Vílchez y de Oliveira Pereira. Además, ordenó que se conforme un nuevo tribunal y se realice otro juicio a los tres imputados.

Entre los fundamentos, expusieron que el fallo de Flores, Aizpeolea y Sabaini Zapata realizó "una incompleta integración de las pruebas relevantes por su capacidad de derivación de apoyo del relato, lo que constituye un defecto de fundamentación omisiva, que a su vez, es un vicio de nulidad". Y advirtieron que valoraron "en forma parcial la prueba confesional, incorporada legalmente al proceso y que tiene plena validez debido a que se ha cumplido con cada una de las exigencias normadas".

Aizpeolea, Flores y Sabaini Zapata.

Esto generó rechazos en las partes y además en los magistrados que estuvieron al frente del debate oral. Flores apuntó a que “no hubo ninguna observación procesal válida para anular un juicio hecho con absoluta pulcritud” y transmitió su confianza y la de sus pares en el trabajo realizado y los argumentos que dieron.

En relación a la determinación de hacer un nuevo juicio, Flores advirtió que la Corte contaba con “la incorporación técnica” y esto les dio la posibilidad de “pronunciarse sobre las imágenes, el audio y las constancias, y sustituir la sentencia con la que no acuerda”.

El fallo del Superior Tribunal desencadenó en que la causa llegue a la Corte Suprema de Justicia de la Nación, pero además, fue el camino a la impunidad del hecho.

La libertad

Las defensas de Vílchez y de Oliveira Pereira se ampararon en la anulación del juicio para pedir la excarcelación de ambos. Al no haber una condena firme y haber excedido por varios años el tiempo estipulado de prisión preventiva, reclamaron la libertad de ambos.

En el cierre de 2021, el Tribunal extraordinario conformado por las juezas Virma Eguinoa, Sandra Ehrlich y María Claudia Uccello concedió la salida de prisión de ambos, mediante el pago de una fianza. La votación fue dividida ya que terminó 2 a 1. Las dos primeras estuvieron a favor y la última se opuso.

En marzo de 2022 la libertad se hizo efectiva, aunque se establecieron una serie de reglas, como acudir semanalmente a la Justicia, la prohibición para consumir estupefacientes y para salir del país.

Así, siete años más tarde, no hay detenidos ni condenados por el asesinato de una mujer de 32 años que dejó a su hijo sin madre.

La Justicia de San Luis no logró cumplir la función de esclarecer el hecho y condenar a los responsables. Ahora, todo está en manos de la Corte Suprema de la Nación. Y se mantiene el mismo interrogante que el 30 de enero de 2016: ¿quién mató a Romina Aguilar?

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