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Un vecino de Juana Koslay pide una investigación penal al intendente Toti Videla

La presentación está encuadrada en el delito de “falso domicilio”. El dirigente fijó su residencia en una peluquería en la capital donde ahora será candidato a intendente por un sublema del kirchnerismo.

La presentación está encuadrada en el delito de “falso domicilio”.
Actualizada: 02/02/2023 11:16
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El abogado Rafael Berruezo, en su condición de vecino de la ciudad de Juana Koslay, pidió una investigación en el ámbito de la Justicia Federal tras conocerse que el intendente de esa ciudad, Jorge “Toti” Videla cambió su residencia a la capital puntana en el marco de la estrategia de Alberto Rodríguez Saá que busca fortalecer la postulación de su candidato Sergio Tamayo a la reelección por el kirchnerismo.

Videla llevó el domicilio a la calle Ituzaingó N°1061 en un trámite que se formalizó en noviembre de 2022, según una reciente investigación periodística. En este lugar funciona una peluquería.

Rafael Berruezo.

Berruezo señaló que “sin perjuicio del desconcierto que ha generado en la población de la ciudad de Juana Koslay, que lo había acompañado en las últimas elecciones y que ahora abandona el cargo para el que fue reelecto y se candidatea en otra jurisdicción”, pidió a la fiscalía Federal que se considere la posible comisión del ilícito contemplado en el Código Electoral Nacional.

“De la investigación realizada por un medio local, se ha determinado que en el domicilio de Ituzaingó 1061 de San Luis, Videla no vive, con lo cual prima facie, habría denunciado un domicilio falso para justificar su candidatura a Intendente por la ciudad de San Luis”, tuvo en cuenta Videla.

El artículo 137 del CEN en el capítulo sobre delitos electorales incluye "inscripciones múltiples o con documentos adulterados. Domicilio falso. Retención indebida de documentos cívicos”. El ordenamiento legal estipula de prisión de seis meses a tres años  “si no resultare un delito más severamente penado, al ciudadano que se inscribiere más de una vez, o lo hiciere con documentos apócrifos, anulados o ajenos, o denunciare domicilio falso…".

“Entendemos que la conducta de Videla, al haber denunciado un domicilio en el cual no viviría, y al solo efecto de poder presentarse como candidato a intendente de San Luis, está afectando el bien jurídico protegido por la ley electoral, ya que está queriendo ser candidato en una ciudad en donde no vive, y además”, insistió Berruezo que es vecino de esa ciudad.

Al mismo tiempo se tiene en cuenta que Videla estaría incumpliendo con el inciso 3 del artículo 267 que exige “para los intendentes municipales tres años de residencia inmediata y efectiva en el municipio".

En la presentación también se menciona el artículo N° 73 del Código Civil y Comercial. Este establece: "Domicilio real. La persona humana tiene domicilio real en el lugar de su residencia habitual. Si ejerce actividad profesional o económica lo tiene en el lugar donde la desempeña para el cumplimiento de las obligaciones emergentes de dicha actividad."

“Como vemos de lo que surge de la investigación periodística Videla no tiene su residencia habitual en calle Ituzaingó 1061 San Luis, sino que seguiría viviendo en su residencia anteriormente inscripta en el Registro Civil, esto es en la localidad de Juana Koslay”, señaló Berruezo.

“La doctrina civilista, dice que domicilio es donde la persona vive en sociedad y debe poder ser hallado en un momento determinado, ya sea para ejercer su derecho o cumplir sus obligaciones; este el lugar donde se encuentra la persona. Al domicilio se lo define como, el lugar que la ley fija como asiento o sede de la persona, para la producción de efectos jurídicos. Es decir es el asiento territorial que debe tener toda persona para el cumplimiento de sus deberes y obligaciones y el ejercicio de sus derechos”.

“Es claro que falso, significa que no existe, simulado”, expresó.

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