VILLA MERCEDES
Proponen reducir el 50% del sueldo a los concejales que no justifiquen de manera real los faltazos
Un concejal de la oposición propone la modificación de cuatro artículos que se refieren a las ausencias en el Concejo Deliberante de Villa Mercedes.
Uno de los fundamentos del proyecto que presentó al final de esta semana el concejal del PRO, Andrés Forgione tiene que ver con la inasistencia injustificada de los integrantes del cuerpo. No solo a las sesiones de cada semana sino también a las reuniones de comisiones.
Forgione, que es candidato a intendente de Villa Mercedes dentro del lema Cambia San Luis, propone la modificación de cuatro artículos del Reglamento Interno de la Municipalidad. Sostiene en primer lugar que asistir a las sesiones “es obligatorio” y que realizar la labor parlamentaria es de gran importancia porque es donde se da despacho a temas y asuntos “que son de interés para la comunidad”. Por otro sostuvo que la falta de quorum “implica un retraso” en la gestión de los asuntos que deberían beneficiar a los villamercedinos.
Lo que dio lugar a esta iniciativa fue lo que pasó en la vergonzosa sesión del 25 de abril cuando los concejales del oficialismo usaron el faltazo como una estrategia para favorecer al intendente Maximiliano Frontera. Ese día estaba presente la totalidad del bloque Unidos por San Luis (5) y tres del oficialismo: la presidenta del cuerpo, Lucía Lacerda, Jorge Rosales y Roberto Mones Ruiz.
La oposición iba a tratar proyectos que le pedías explicaciones a Frontera sobre el estado de un grupo de trabajadores que fueron suspendidos en Obras Sanitarias Mercedes, y cuánto dinero gastó en la fiesta de Calle Angosta.
Solo habían transcurrido 22 minutos del inicio cuando Rosales y Mones Ruiz se retiraron del recinto y Lacerda dio por finalizada la sesión por falta de quorum. Per cuando la oposición comenzó a cuestionar “la costumbre de Frontera de no querer rendir cuenta del manejo de los dineros públicos”, Mones Ruiz volvió y retomaron.
Sin embargo tres minutos después Lacerda pidió cuarto intermedio de 10 minutos porque necesitaba ir al baño. Luego de 32 minutos volvió y finalmente declaró levantada la sesión. Solo estaban en el recinto Cecilia Lucero, Gabriela López, Andrés Forgione, Federico Fonzar y Hugo Rossi.
“Cuando vieron que íbamos a tratar algo que no les convenía, se levantaron, se enfermaron para no estar y no dar quorum. Todos podemos enfermarnos y faltar, yo he faltado. Pero estas casualidades no pueden volver a pasar”, dijo Forgione a través de sus redes sociales cuando dio a conocer el proyecto.
“Cada vez que uno falta sin una justificación fehaciente se le descontará la mitad del sueldo bastante abultado que ganamos los concejales. Tenemos que dar el ejemplo, y esta es una de las formas de hacerlo, viniendo a trabajar”, señaló.
Fundamentó la modificación de cuatro artículos en la necesidad de “establecer normas reglamentarias” para que los legisladores cumplan con sus obligaciones.
Las modificaciones que se hicieron
Artículo 19. Los concejales que no puedan asistir por causas justificadas deberán comunicarlo al presidente del cuerpo. En el caso de tener que falta a dos sesiones o por un tiempo de 15 días deberá solicitar licencia.
Artículo 20. Son causas justificadas la ausencia por motivos de enfermedad debidamente certificados. Fuerza mayor debidamente fundamentado, y en comisión por cumplimientos de deberes inherentes al cargo, debidamente comprobados y con aviso de 48 horas de anticipación.
Artículo 21. Disminución de la dieta. El concejal que no asista a una sesión o se ausente sin causa justificada, sufrirá una reducción del 50% en la dieta correspondiente al mes en curso (que es el monto total neto, incluidos todos los conceptos normales y habituales). El porcentaje será acumulativo si la ausencia se repite en la otra sesión, u otra de manera alternada.
Se establece que la secretaria administrativa lleve un registro de las inasistencias de los concejales y sus justificaciones. Por resolución de presidencia una vez al mes se aplicarán las reducciones que correspondan notificándose al área de liquidación de sueldos.
Artículo 60. Si la mayoría de una comisión impedida o rehusara a concurrir a las reuniones, la mayoría deberá ponerlo en conocimiento del Concejo en la próxima sesión ordinaria. Recién verificando ese trámite y subsistiendo la falta de quorum en la próxima reunión semanal, la comisión posterior podrá sesionar y dictaminar con la presenciade un tercio de los miembros.