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AVANCE EN LA CALIDAD DEMOCRÁTICA

Fabiana Zárate sobre el nuevo Boletín Oficial: publicidad en tiempo de los actos de Gobierno, transparencia y ahorro

En un plazo récord tuvo lugar la transformación para que a partir del 1° de enero se edite únicamente en formato digital y en el corto plazo se difunda información actualizada. El Gobierno saliente había llamado a licitación para adjudicarle la impresión por $490 millones a una empresa.

Foto prensa Avanzar San Luis
Secretaria Legal y Técnica, Fabiana Zárate.

por Daniel Miranda

elchorrillero.com

Actualizada: 02/01/2024 03:48

“La decisión de un Gobierno abierto y transparente, cuyos actos tienen como destino el bien común y no el personal de los funcionarios, exige la publicación en tiempo de todos los actos de Gobierno de alcance general”, de esa forma la secretaria Legal y Técnica, Fabiana Zárate en declaraciones a El Chorrillero definió el espíritu del proceso histórico encarado en el Boletín Oficial y Judicial de la Provincia.

La transformación no se agota en la decisión de suprimir la versión impresa y mutar exclusivamente a la edición digital. Va mucho más allá para atender una cuenta pendiente de la democracia en San Luis porque en un corto término la publicación de los actos (decretos, resoluciones) se hará de inmediato.

La publicación en tiempo es un pilar básico de la vida republicana. Para dimensionar el valor de la medida que tomó en las primeras semanas el Gobierno de Claudio Poggi, la secretaria Legal y Técnica remitió a las fuentes porque entiende es “necesario conocerlas”.

Los cuatros aspectos que se detuvo a señalar:

| “Constitución de la Provincia de San Luis. Publicidad de los actos de Gobierno. Artículo 9: todos los actos de gobierno deben ser publicados en la forma, medio y modo que la ley determina, garantizando su plena difusión; en especial aquellos relacionados con la percepción, gastos e inversión de la renta pública y toda enajenación o afectación de bienes del Estado Provincial. La violación a esta norma produce la nulidad absoluta del acto administrativo, sin perjuicio de las responsabilidades políticas, civiles y penales que le correspondan a los intervinientes en el acto”.

| “Código Civil y Comercial Argentino. Artículo 5°. Vigencia. “Las leyes rigen después del octavo día de su publicación oficial, o desde el día que ellas determinen”.

“Antes no hay obligatoriedad de cumplimiento, sino a partir de la publicación en el diario oficial”, puntualizó Fabiana Zárate.

| La Ley de Procedimientos Administrativos, que rige toda la actividad administrativa estatal, dispone: “Eficacia del acto: notificación y publicación. Artículo 14°: Para que el acto administrativo de alcance particular adquiera eficacia debe ser objeto de notificación al interesado; y el de alcance general, de publicación.

| La Ley del Boletín Oficial y Judicial N° V-0114-2004 (5608) ratificó la creación del periódico con el título de Boletín Oficial y Judicial de la Provincia, establecido el 1°de Febrero de 1925.

La secretaria Legal y Técnica valoró que “durante años se naturalizó que los actos de los poderes públicos fueran publicados meses después de su firma e incluso no publicados”.

Con esos términos graficó lo que fue moneda corriente a lo largo del tiempo. Decretos que se dieron a conocer con hasta casi un año de retraso o que directamente nunca salieron a la luz.

La puesta en marcha se terminó de precipitar porque el Gobierno de Alberto Rodríguez Saá había llamado a licitación para adjudicar por $490 millones la impresión durante 2024. La operación de contratación de la empresa del gobernador saliente fue anulada.

Fabiana Zárate afirmó que el Gobierno de Poggi “cumplirá con su deber constitucional y legal y se ha definido la publicación del Boletín Oficial Digital, que no tiene la limitación del formato papel en cuanto a la cantidad de documentos a publicar, por razones que hacen a la eficacia jurídica y motivos económicos y ambientales”.

28 de diciembre. Claudio Poggi firma el decreto decreto 742-SGG-SLyT-2023 rubricado por la  secretaria Legal y Técnica, Fabiana Zárate. (Foto ANSL)

El objetivo inmediato ha sido alcanzado con la edición del Boletín del 1° de enero que estuvo online ayer a las 00:00:01 para responder al decreto 742-SGG-SLyT-2023 del 28 de diciembre.

En ese contexto consideró que ha resultado necesario modificar la reglamentación de la Ley N° V-0114-2004. En el decreto se tuvo en cuenta que era “relevante la actualización de las normativas de publicación para los actos de gobierno, con el fin de mejorar la eficacia y eficiencia en la gestión gubernamental, superando los limites o barreras que el formato papel ocasiona, al fin de alcanzar la publicación en forma contemporánea al acto administrativo, evitando la mora que se advierte en la actualidad, optimizando el acceso a la información por parte de la ciudadanía”.

“La versión digital del Boletín Oficial y Judicial facilitará el acceso inmediato y generalizado a la información oficial, promoviendo la transparencia y fortaleciendo las instituciones, así como la seguridad jurídica con el conocimiento de los documentos auténticos y obligatorios”, abunda.

La meta siguiente es ponerse al día con la publicación de los actos y comenzar una segunda etapa en que se pueda operar con una aplicación que permita la búsqueda de documentos en forma inmediata en base a datos como números, años o temas, así como lograr una base de datos de los documentos generados por todos los poderes públicos y organismos constitucionales.

El proyecto desarrollado en 15 días fue dirigido por el director del BOyJ, Gustavo Farías. Se organizó como primer equipo de trabajo al recurso humano existente con “extensa experiencia e invaluable conocimiento” en el armado del material, subrayó la funcionaria.

La documentación ingresa a través de la mesa general de entrada física; bandeja de expedientes de Sistema Tramix y por correo institucional, enviada por organismos del Ejecutivo, Judicial, Legislativo y Municipal. Los documentos recibidos son en formato PDF, Word, y material en papel. La documentación se controla y califica en (administrativas, resoluciones, acuerdos, disposiciones, edictos, asambleas, licitaciones, comerciales, judiciales, remates y minas), y por último pasan el material junto a la orden de publicación al segundo grupo de trabajo, conformado por una diseñadora gráfica con conocimiento en diseño de estructuras de imprenta y por contenidistas, quienes cargan la información dentro de la estructura diseñada, controlan la confección de BO digital y por último lo generan. Este grupo de trabajo hace toda su tarea con el recurso físico y tecnológico del Estado, sin contratación de empresas prestadoras del servicio.

El Boletín Digital se genera en formato PDF, firmado digitalmente por el director y se sube para ser publicado en el instante inicial del día de la publicación, en el sitio web oficial del Boletín (boletinoficial.sanluis.gov.ar).

El sitio tiene un diseño web responsive, adaptable al dispositivo que lo está navegando PC, tablet o celular, y es de acceso libre y gratuito para el público. Intervino personal de la Agencia de Ciencia e Innovación y de la Autopista de la Información, informó.

El primer BO exclusivamente digital

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