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Promoverán un juicio político a la jueza Benavidez por convalidar polémicas medidas del ex intendente Sergio Tamayo

El Gobierno municipal cuestionó a la magistrada, vinculada al albertismo, porque a través de “una vía no idónea” ordenó la habilitación de dos comercios que funcionaban de manera irregular y dispuso la reincorporación de personal en el Concejo Deliberante sin tener en cuenta la legislación vigente.

Poder Judicial.
Actualizada: 27/02/2024 02:53
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Los dos recursos de amparo que recayeron en la jueza de primera instancia en lo Civil, Comercial y Ambiental N°3, Valeria Benavidez con pronunciamiento adverso al Estado municipal derivaron en la decisión del intendente, Gastón Hissa de promover el juicio político a la magistrada.

“Hay muchas falencias de la magistrada que ha producido un grave daño” al Estado municipal, sostuvo el secretario Legal y Técnico, Andrés Heredia en declaraciones a El Chorrillero.

Por un lado la jueza ordenó a la Municipalidad reabrir el restobar "Anfiteatro Buenos Momentos Arte" y la heladería Grido emplazados en el predio del CAPS del Barrio Jardín San Luis habilitados por el ex intendente Sergio Tamayo, y clausurados por la gestión entrante el 10 de diciembre.

“Cuando asumimos constatamos que el contrato (de alquiler) era nulo de nulidad absoluta debido a varias falencias, por ejemplo no tenía monto, se extendía a posteriori del mandato y no contaban con la habilitación. Por eso se clausuró”, advirtió el funcionario.

Por esa medida dictada por el juez de Faltas, los propietarios fueron a la Justicia y obtuvieron una resolución que los autoriza a funcionar.

“La jueza no solamente hizo lugar, sino que sin correr vista al municipio saca una medida de inaudita parte, escuchando a una parte”, se quejó el funcionario porque no se tuvo en cuenta la posición de la comuna.

Un segundo amparo dejó a la jueza vinculada al albertismo en el ojo de la tormenta.

Benavidez ordenó a la presidenta del Concejo Deliberante, Agustina Arancibia Rodríguez la reincorporación de 15 empleados nombrados y pasados a planta permanente por fuera de la legislación vigente.

“Lo grave de esto es que tampoco es la medida idónea un amparo. Debería ser un juicio contencioso administrativo porque no es excepcional. Además, en estos casos se tiene que agotar la vía administrativa, pero los afectados nunca lo hicieron y fueron directamente a la Justicia”, explicó el funcionario.

En octubre el entonces presidente del cuerpo, Gastón Témoli dispuso que esta dotación de agentes fuera afectada a la planta permanente cuando el artículo 5 de la ordenanza Nº II-0914-2019 establece la prohibición de aumentar el personal “durante el plazo de tres meses anterior e inmediato a la finalización del mandato”.

 

 

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