Utilizarán el Registro de Deudores Alimentarios Morosos en organismos municipales y provinciales
El objetivo es ampliar la cantidad de trámites que incluyan este requisito. Buscan proteger a los niños ante el incumplimiento.
Como lo establece la Ley Provincial N° IV-0094-2004, la subdirección de Registro Deudores Alimentarios Morosos, dependiente del ministerio de Gobierno, tiene como función administrar el registro de las personas que adeuden total o parcialmente, tres cuotas alimentarias consecutivas o cinco alternadas, ya sean alimentos provisorios o definitivos fijados u homologados por sentencia judicial.
Para ampliar la utilización del registro, se está gestionando con organismos municipales y concejos deliberantes la adhesión a la Ley Provincial N° IV-0094-2004 y también ampliar el número de trámites que tengan como requisito no ser deudores alimentarios.
El subdirector del Registro de Deudores Alimentarios y Morosos, Elio Vasquez informó que el objetivo es extender la aplicación de la norma.
La legislación establece que una persona que esté en ese listado no puede acceder trámites como el carnet de conducir y habilitación comercial, entre otros.(Con información de la ANSL)