Montiveros Chada: “Es una herramienta que se puede tener en consideración para determinar la existencia de un riesgo procesal”
El juez Garantía N° 1 se mostró a favor de la propuesta que envió el Gobierno provincial para incorporar la figura de reiterancia al Código Procesal Penal.
“Es una herramienta que se puede tener perfectamente en consideración para que ayude a determinar la existencia de un riesgo procesal y lo cual conlleva el dictado de una medida de coerción”, manifestó a El Chorrillero el juez de Garantía N°1, Juan Manuel Montiveros Chada.
El magistrado opinó sobre el proyecto de ley de reforma al Código Procesal Penal que presentó el Gobierno provincial ante la Legislatura, y tiene estado legislativo en el Senado, para incorporar la figura de reiterancia.
“Lo entiendo como una herramienta más a valorar en su conjunto porque lo que se intenta preservar con una medida de coerción, en este caso la presión preventiva, es la investigación debido a que puede existir riesgo procesal por entorpecimiento por parte del o los imputados, para la víctima o peligro de fuga”, sostuvo.
Sin embargo, Montiveros Chada aclaró que ese riesgo procesal “hay que valorarlo en cada caso concreto, por ejemplo, ver qué tipo de delitos, reiterancias e identidad de hechos se producen”.
Respecto del término puerta giratoria, que ha tomado trascendencia en la opinión pública en el último tiempo a raíz de los delincuentes que son detenidos, pero luego quedan en libertad y siguen cometiendo delitos, dijo que “es importante desde lo jurídico tener bien claro las distintas etapas que tiene el proceso”.
“Una cosa es la parte inicial, preliminar en donde todavía se encuentra en investigación la causa y todavía el principio de inocencia rige en favor del acusado. Cuando se logre finalmente determinar si la persona es declarada culpable es en otra etapa. Y ahí es cuando se habla de la condena. En esta primera parte lo que se busca es cuidar, preservar el proceso y la reiterancia es un elemento más para tener en consideración al momento de valorar la procedencia de una medida de coerción”, señaló.
La iniciativa del Ejecutivo provincial también plantea mejorar la redacción del procedimiento cuando los delincuentes son detenidos “in fraganti" cometiendo un ilícito.
Al respecto, Montiveros Chada señaló que en el código actual “está previsto el procedimiento de flagrancia, pero lo que tengo entendido es que el proyecto se amplían el abanico de supuestos que podían encuadrarse en esta vía y todo lo que implique importe celeridad es bienvenido”.
Respecto a los desalojos en casos de usurpaciones, otra modificación que plantea la propuesta, opinó: “Es también otra herramienta más que atendiendo cada caso concreto puede llevar una respuesta tal vez con mayor celeridad a quienes se presenten en cada proceso bajo el rol de damnificado, denunciante en un presunto delito. Son todos elementos que después en la práctica se valoran según cada caso concreto”.