CASO CARLOS VALLEJOS
Los condenaron a perpetua por un crimen y ahora el Superior Tribunal redujo las penas a 4 y 18 años
La Corte provincial hizo lugar a dos recursos de casación de las defensas y cambió las calificaciones contra los tres acusados. La víctima fue hallada en febrero de 2021 en la Ruta Pescadores, tenía manos y pies atados y una bolsa de plástico en la cabeza.
El 12 de febrero de 2021, la familia de Carlos Vallejos comenzó a buscarlo de forma desesperada. El hombre de 58 años se había ausentado de su vivienda en el barrio 1° de Mayo en la noche anterior y nada sabían de él. Se trasladaba en su camioneta, una Fiat Fiorino.
16 días más tarde, su cuerpo fue hallado a un costado de la Ruta Pescadores, camino a La Punta. Estaba boca abajo, atado de manos y pies, con una bolsa en la cabeza y cinta de embalar. El mismo día, encontraron su vehículo estacionado sobre la calle Don Bosco, en la capital.
En junio del mismo año quedaron detenidas dos hermanas, Brisa y Valentina Oviedo junto al tío de ambas, Darío Oviedo. Al hombre luego se le dictó la falta de mérito y en diciembre se sumó la aprehensión del padre de las jóvenes, Gustavo Oviedo.
En marzo de 2023, padre e hijas fueron condenados a la pena de prisión perpetua por el delito de homicidio doblemente agravado por ser criminis causa y por el concurso premeditado de dos o más personas.
“Se me fue de las manos, yo solo quería robarle la camioneta. Por eso lo empastillé y lo emborraché, pero no tenía intenciones de matarlo. Mis hijas no sabían de mis planes, ellas no tuvieron nada que ver”, dijo en esa oportunidad el hombre.
Sin embargo, el Tribunal integrado por Hugo Saá Petrino, Fernando De Viana y Adriana Lucero Alfonso consideró que los tres participaron de manera activa en el hecho y recibieron la pena máxima.
Ahora, el Superior Tribunal de Justicia (STJ), por unanimidad, cambió la calificación de los hechos y con eso, redujo las condenas de los tres implicados. El padre tendrá que cumplir 18 de cárcel, mientras que Brisa y Valentina sólo cuatro.
El fallo de la Corte provincial surgió a partir de los recursos de casación que presentaron la defensa Oficial del hombre, en manos de Esteban Sala y de las jóvenes, a cargo de Delfín Chávez. Hicieron serios cuestionamientos a la determinación de los jueces y del mismo modo, apuntaron a una “fundamentación sólo aparente”.
A lo largo de 29 páginas, inicialmente los ministros del STJ, Alberto Levingston, Eduardo Allende, Guillermo L’huillier, Cecilia Chada y Carolina Monte Riso, hicieron un repaso por los planteos de los abogados defensores.
Sala había expuesto que en los fundamentos los jueces desecharon la confesión del imputado “sin ningún tipo de análisis, invocándose la prueba de cargo en forma genérica”.
El defensor Oficial de Juicio también hizo críticas al accionar de la médica forense, Marcela Gómez por imprecisiones sobre la causal de muerte, los elementos que tenía la víctima y la forma en que había sido ultimado.
Afirmó que la muerte, fue consecuencia de las numerosas pastillas que le habían dado y que no quedó acreditado en el debate que el asesinato se haya producido con el objeto de robarle la camioneta, sino que fue una consecuencia en el marco de la sustracción. Por eso, no puede enmarcarse en un homicidio criminis causa, sino uno en ocasión de robo.
Subrayó que la intención era llevarse el vehículo de Vallejos, pero no matarlo y que las hijas desconocían los planes. Sobre esto último, consideró que fue ratificado por la declaración de testigos durante el debate. Dos ellos manifestaron que Brisa se quebró y llorando les había comentado que “habían empastillado, que se habían mandado una macana, que se les había ido la mano y tirado a una persona en el Suyuque”,
En la misma línea, indicó que ninguna de ellas tuvo motivación para llevar adelante el hecho y que en la noche del suceso, ambas estaban con sus hijos.
Por su lado, la defensora de Juicio, Eliana Pradel sumó que al agravante criminis causa no estaba probado porque no fue acreditado el propósito de querer causar muerte con un objetivo concreto.
Al mismo tiempo, consideró que no hubo perspectiva de género en el fallo del Tribunal debido a que las jóvenes tenían “terror” a su padre e incluso habían sufrido situaciones de violencia. Esto surgió de la testimonial de dos personas, entre ellas, la madre de las imputadas.
El STJ tuvo en cuenta el pronunciamiento del fiscal de Juicio, Fernando Rodríguez y del Procurador General, Luis Martínez. Ambos rechazaron los recursos de casación.
Finalmente, sobre la participación de las hermanas en el hecho la Corte expuso que “surge del análisis precedente, que el imputado Gustavo Oviedo aceptó la responsabilidad exclusiva afirmando que es el único autor del homicidio, quedando así acreditado en autos su única participación” en la muerte.
Agregaron que “el Tribunal (de juicio) omitió efectuar un análisis del contexto en su real dimensión, de modo tal de permitir apreciar por qué esas particulares circunstancias tornan menos intenso el reproche de culpabilidad en el caso de Brisa Abigail Oviedo y Lourdes Valentina Oviedo”.
A raíz de eso, condenaron al padre a 18 años por el delito de homicidio en ocasión de robo, mientras que a las hijas a cuatro por robo.
En el caso de ellas, tuvieron como atenuantes además de la falta de antecedentes, “el contexto de violencia en el que se encontraban inmersas”.