VILLA MERCEDES
Dijo que Juan José Ochoa le “tiró” un puntazo y que se defendió, pero igual lo condenaron a 16 años
El acusado introdujo la estrategia del “exceso de legítima defensa”, pero el Ministerio Público Fiscal mantuvo que tuvo la intencionalidad “de no cesar con la conducta agresiva”. Se enojó porque le pidieron que moviera la bicicleta y eso generó “un conflicto sin sentido” que fue mortal. Este martes terminó el juicio y se conoció el veredicto.
Este martes el tribunal integrado por Mauro D’Agata Henríquez, Daniela Estrada y Sebastián Cadelago Filippi declaró culpable a Santiago Gil por el delito de homicidio simple en calidad de autor, en perjuicio de Juan José Ochoa, a quien apuñaló el pasado 15 de enero en la puerta de su vivienda ubicada en General Paz 2119. Dispuso una pena de 16 años de prisión.
Durante los alegatos, el fiscal de Juicio Néstor Lucero había pedido una condena de 18 años; mientras que el representante de la querella, Gabriel Melano, solicitó 20.
La defensora oficial, Rocío Mediavilla expuso que el imputado actuó bajo la figura de “exceso de legítima defensa”, y requirió al Tribunal una pena mínima.
Previo a eso declaró la forense Sandra Miatello. Detalló que Ochoa tenía cuatro heridas. Dos producidas por un cuchillo y las demás como consecuencia de una cirugía de urgencia que le realizaron en el Policlínico Regional "Juan Domingo Perón".
Aseguró que una de las puñaladas fue la causante de la muerte: una herida en el pulmón le produjo un shock hipovolémico.
Gil tuvo la posibilidad de decir su versión frente a los jueces.
Relató que esa madrugada estuvieron tomando bebidas alcohólicas en la casa de un inquilino de Ochoa. Recordó que el propietario le pidió que quitara su bicicleta del pasillo de entrada, ya que obstaculizaba el ingreso al complejo.
“La dejé en la puerta de donde estaba yo. Después vino (Ochoa) y me tiró la bicicleta”, dijo. También que salió de la casa de su amigo para preguntar por qué había hecho eso, y se encontró con dos vecinos: “Yo ahí perdí el conocimiento. Después estaba adentro y tenía sangre”. Le preguntó a su amigo qué había pasado y le respondió que le habían pegado.
Agregó que luego de tres horas en las que estuvo durmiendo dentro del departamento, llamó a su hermana para que fuera a buscarlo y salió del lugar.
Una vez afuera, sostuvo que Ochoa intentó herirlo con un arma blanca: “Me tiró un puntazo. Yo agarré la mano de él y le saqué el cuchillo”.
Lo último que recuerda es que sintió un golpe en la espalda y que antes de irse vio a una mujer que salía con un fierro por el pasillo. El momento en el que apuñaló a Juan no lo tiene en su memoria.
"Me voy a mi casa, me baño y me acuesto. Me llaman a la noche mis hermanos y me dicen que había muerto una persona en el lugar donde había estado. Así que decidí vestirme, fui a la comisaría y me entregué. Quedé a disposición de la justicia", concluyó.
Los alegatos
En primer lugar, Melano repasó los testimonios que se presentaron a lo largo del debate oral y que reconstruyeron los hechos.
“No se puede pasar por alto el nivel de locura, que Gil mató a Ochoa por una bicicleta mal estacionada que obstaculizaba el paso”, sostuvo.
Manifestó que el acusado podía comprender sus actos y dirigir sus acciones: “No existe otra calificación legal más que la de homicidio simple”.
En relación a la participación de Gil, mencionó que hubo un dolo, una intención homicida y que no existió una agresión por parte de Ochoa que motivara una reacción violenta y desmedida del acusado. “Fue un conflicto sin sentido por una bicicleta mal estacionada”, concluyó.
Como agravantes mencionó las circunstancias del hecho y como atenuantes la edad del imputado y la falta de antecedentes.
Lucero dijo que hubo un “pre ordenamiento, que se dieron todos los elementos típicos del dolo y que surgió la intencionalidad de no cesar con la conducta agresiva”. Se refirió a la declaración de la médica forense en relación a la mecánica del apuñalamiento.
Manifestó como agravante que Gil “tuvo en cuenta la violencia inusitada y lo infundado de su reacción”. Como atenuante la falta de antecedentes, aunque mencionó dos situaciones en que intervino el imputado en conflicto con la Ley.
Mediavilla no estuvo de acuerdo con los alegatos anteriores. No discutió la existencia del hecho, pero mencionó que la investigación en la instrucción fue deficiente. También que existieron declaraciones contradictorias y mendaces. Agregó que a su defendido lo golpearon y que sufrió una fractura en un tobillo.
Al último expuso que el acusado, el día del homicidio, “estaba bajo los efectos del alcohol”. Mencionó que no hubo allanamientos y los que hubo resultaron negativos, que no se secuestraron elementos, y que se desconoce de quién era el chuchillo.
Añadió que el hombre no tuvo intención de causar muerte, que fue emboscado, que él se defendió de una pelea y que se entregó de manera voluntaria. “Fue abordado y atacado” dijo.