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VILLA MERCEDES

Un Tribunal dejó sin efecto la prisión domiciliaria y mandó a la cárcel al profesor que reconoció el abuso a una nena

Una jueza le había concedido el beneficio a Víctor Hugo Figueroa. Se fijará una nueva fecha del juicio. Los padres realizaron una marcha cuando el acusado fue enviado a la casa y fueron recibidos por el gobernador, Claudio Poggi.

Foto nuhuel sanchez
El 5 de noviembre se realizó una marcha en rechazó a la medida que ordenó la prisión domiciliaria de Víctor Figueroa.
Actualizada: 19/11/2024 15:34
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En una audiencia que se desarrolló hoy, el Tribunal de Impugnaciones de Villa Mercedes -integrado por Marcelo Oscar Bustamante Marone, María Monserrath Bocca  y Jorge Sabaíni Zapata-  hizo lugar a un recurso de apelación presentado por el fiscal de Juicio, Ernesto Lutens  y revocó la prisión preventiva domiciliaria dispuesta el pasado 1º de noviembre para el profesor de básquet, Víctor Hugo Figueroa que será juzgado como autor de un delito contra la integridad sexual.

Los magistrados resolvieron que el acusado continuará cumpliendo la prisión preventiva en el Servicio Penitenciario hasta que se lleve a cabo el juicio oral. También ordenó oficiar con habilitación de día y hora a la Oficina Judicial a fin de que se fije una fecha próxima de juicio, disponiendo -si hiciera falta –  la habilitación de la feria judicial, informó la oficina de prensa judicial.

El hombre está acusado como autor del delito de abuso sexual con acceso carnal reiterado y corrupción de menores, agravado por la edad de la víctima, figuras éstas en concurso real y en calidad de autor (Arts. 45, 119 3er párrafo, 125 2do párrafo y 55 del Código Penal), en perjuicio de una niña.

El 1° de noviembre en una audiencia solicitada inicialmente por el fiscal de Juicio para tratar el vencimiento de la prórroga de la prisión preventiva, la jueza Sandra Ehrlich dispuso que el acusado cumpliera prisión preventiva domiciliaria hasta la realización del debate oral.

La decisión de la magistrada generó un fuerte rechazo de la familia que organizó una movilización e incluso el gobernador Claudio Poggi recibió a los padres de la víctima.

En la audiencia que se desarrolló hoy, Lutens expuso agravios. Pidió que se analizaran particularidades de la causa y consideró que es necesario un sustento científico a fin de comprobar las razones de salud que presenta el acusado y que justificarían su prisión domiciliaria.

Aseguró que la prisión domiciliaria pone en riesgo a las partes involucradas en la causa, mencionó la pena en expectativa prevista y aseguró que existe riesgo procesal. Consideró que el juicio debe llevarse a cabo “sí o sí” y solicitó la revocación de la prisión domiciliaria.

A continuación, la defensora de Niñez y Adolescencia, María Cortázar adhirió en todo a lo expuesto por el fiscal de Juicio y también solicitó que se revoque la prisión preventiva domiciliaria. Consideró que se debe garantizar la tutela judicial efectiva y asimismo, afirmó que – ante un eventual conflicto de intereses – debe prevalecer el interés superior del niño.

Luego, Pascual Celdrán -en representación de la querella- explicó que no se referiría a  los agravios vertidos por Lutens, ya que el recurso fue presentado por el Ministerio Público Fiscal. Pidió que se respete el derecho a la víctima a una sentencia en tiempo razonable. “Pido que se fije la fecha de juicio oral de manera inmediata, la víctima tiene derecho  tener una sentencia y tienen derecho todas las partes del proceso”, dijo.

La defensora de Juicio, Rocío Mediavilla rechazó en todo lo expuesto por el ministerio Público Fiscal y por la defensora de Niñez. Aseguró que su asistido tiene derecho a una defensa  técnica plena y eficaz. Se expresó en relación a la resolución que dispuso la prisión preventiva domiciliaria y la consideró ajustada a derecho y fundamentada.

Aseguró que no existen riesgos procesales y mencionó que en el sistema acusatorio, la libertad del acusado durante el proceso es la regla.

Luego de un breve cuarto intermedio, el Tribunal dio a conocer la resolución con la que hizo lugar al recurso de apelación presentado por el Ministerio Público Fiscal y revocó la prisión domiciliaria oportunamente dispuesta, ordenando el traslado del acusado al Servicio Penitenciario Provincial, donde deberá cumplir prisión preventiva hasta el inicio del debate oral.

Asimismo, ordenó que se oficie al Servicio Penitenciario Provincial a fin de que se arbitren los medios para brindar al acusado la medicación y el correspondiente tratamiento atento su estado de salud.

Entre otros argumentos, mencionó que deben prevalecer los derechos de la víctima y destacó su doble vulnerabilidad, como niña y como mujer. También resaltó que las razones de salud invocadas por el acusado deben estar debidamente fundadas.

Asimismo refirió a la complejidad de la causa y  la magnitud de los delitos y ordenó que se oficie a la Oficina Judicial a fin de que se fije fecha de inicio del juicio oral.

 

 

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