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El Gobierno aclaró que “las retenciones en las billeteras virtuales no deben llevar a que aumenten los precios”

La directora general de Hacienda Pública, Teresa Capiello, explicó que el nuevo régimen no implica un nuevo impuesto ni un aumento en los precios, sino que replica el sistema vigente para la recaudación bancaria y busca equiparar criterios entre bancos y billeteras virtuales.

Dirección Provincias de Ingresos Públicos.
Actualizada: 04/06/2025 23:36
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La directora general de Hacienda Pública de San Luis, Teresa Capiello, dio detalles del nuevo régimen de recaudación del impuesto sobre los Ingresos Brutos a través de billeteras virtuales. Aseguró que se trata de un sistema que ya regía antes de 2010 para las cuentas bancarias y que ahora se extiende a estas nuevas plataformas, excluidas desde 2016 cuando el Banco Central las incorporó al sistema financiero.

“El régimen de recaudación del impuesto sobre los Ingresos Brutos a través de las billeteras virtuales que hemos asignado al Sircupa, en realidad es el sistema informático sobre el cual va a operar, pero es un régimen establecido por la Dirección Provincial de Ingresos Públicos (DPIP) equivalente al de recaudación bancaria anterior a 2010 con el que se rigen la mayoría de las provincias argentinas”, explicó Capiello.

La funcionaria detalló que se trata de una retención anticipada a cuenta del pago mensual del tributo, que no implica una carga adicional para los contribuyentes inscriptos. “Las transacciones entre familiares, entre billeteras virtuales o entre entidades financieras y billeteras virtuales, que incluyen CBU y CVU, son operaciones excluidas, lo mismo que todos los sueldos, jubilaciones, los aportes sociales y los subsidios estatales”, aclaró.

Teresa Capiello, directora general de Hacienda Pública. (Foto ANSL)

En cuanto a los porcentajes, la retención será del 1,6%, al igual que en los bancos. Sin embargo, los contribuyentes con saldos a favor podrán solicitar certificados de no retención o exclusión del padrón, lo que podría reducir la alícuota hasta el 0,01%.

“Si alguien está dado de baja de Ingresos Brutos no corresponde que le hagan la retención, porque no está en el listado que remite la dirección”, indicó Capiello, y remarcó que la normativa no alcanza a quienes no están inscriptos en el impuesto.

Finalmente, la directora advirtió que no se justifica un incremento de precios por esta medida: “No significa un aumento del valor de los bienes y los servicios. Si alguien quiere aumentar, porque me comentaban que hasta le quieren subir un 5% el valor de lo que están comprando, no debería ser así. Sugerimos que no acepten ese valor que tiene que ver más con una picardía que con una realidad”.

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